En esta semana se formalizó en la Cámara de Diputados un dictamen único para reformar la Constitución política con el objetivo de incluir perspectiva de género e igualdad sustantiva en diferentes rubros.

La comisión de Puntos Constitucionales aprobó el paquete de reformas, que incluyen el matrimonio igualitario, la “autonomía reproductiva”, paridad de género en nombramientos de servidores públicos e incluso el reconocimiento de personas intersexuadas, entre otros apartados.

Se hizo un dictamen completo, en el que se atendieron 48 iniciativas de todos los grupos parlamentarios. El dictamen contiene los siguientes temas:

1. Estereotipos de género: Erradica cualquier posibilidad de ser señalada o limitada por su género.

2. Concepto de familia. Se observa la necesidad de que se reconozca a todas las estructuras, manifestaciones y formas de comunidad familiar, incluyendo a las integradas por parejas del mismo sexo, con o sin hijos, que estén bajo la figura de matrimonio, concubinato o cualquier otra forma de unión.

3. Matrimonio igualitario o sin distinciones. Refiere que la SCJN ha creado una línea jurisprudencial a favor del matrimonio igualitario argumentando que las restricciones son violatorias del derecho al libre desarrollo de la personalidad y del derecho a no ser discriminados.

4. Perspectiva de género en el desarrollo nacional. Establece que es indispensable considerar la perspectiva de género para generar políticas públicas que promuevan derechos.

5. Reconocimiento de personas intersexuadas. Se hace patente la necesidad de que las personas intersexuales sean reconocidas a efecto de que gocen, sin obstáculo, de cualquier prerrogativa a la que por ser mexicano tiene derecho.

6. Estadísticas con perspectivas de género. La modificación procura que las mujeres no sigan siendo invisibilizadas por falta de armonización del marco jurídico.

7. Igualdad salarial. Se establece la prohibición para hacer diferencia salarial alguna que atente, directa o indirectamente, por origen étnico o nacional, la identidad y la expresión de género, edad, discapacidades, condición social, condiciones de salud, religión, entre otras.

8. Lenguaje incluyente. Plantea que las reformas subsecuentes deban aplicar lenguaje incluyente, reconoce referencias en la Constitución y demás ordenamientos jurídicos.

9. Paridad de género en el nombramiento de los servidores públicos. Se plantea que en las candidaturas a gubernaturas, los partidos políticos nacionales postulen a una mujer en al menos la mitad de las entidades federativas. Además, establece la paridad en la designación de cargos que no son de elección popular.

10. Obligación del Estado para erradicar la violencia en contra de las mujeres. Se adiciona el artículo 4 constitucional para establecer la obligación del Estado mexicano con la colaboración de la sociedad, para prevenir, atender, investigar, sancionar y erradicar toda forma de violencia contra las mujeres.

11. Autonomía reproductiva. Se reforma el artículo 4 constitucional para dotar de claridad el derecho a decidir libremente sobre el número de hijos o a no tenerlos. En este apartado se señaló que no se prevé la regulación del aborto.

12. Justicia con perspectiva de género. Se eleva a rango constitucional en los artículos 20 y 102, la obligación de jueces y ministerios públicos para aplicar la perspectiva de género en la administración e impartición de justicia.