Antes de 1990 se creía que la homosexualidad era un trastorno mental, se daba lugar a instituciones llamadas Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), donde se sometían a chicos a terapias para que se “re-orientaran”.
Un caso es el de Kike “G” quien cuenta que le gustaban las personas de su mismo sexo. Desde pequeño le gustaba jugar con las muñecas, por ello sus padres decidieron llevarlo a una terapia de reconversión para cambiar su orientación sexual.
Ahora, el Senado de la República sancionará con dos a seis años de prisión dichas prácticas, las penas aumentarán al doble cuando las conductas tipificadas se realicen en con personas menores de 18 años, adultos mayores o con alguna discapacidad.
El Senado prevé que se multe de mil a dos mil veces (86 mil 880 a 173 mil 769) el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice, obligue o imparta las terapias y los profesionales de la salud que incurran en estas prácticas serán suspendidos por tres años.
El tema llegó a las comisiones de Justicia y de Estudios Legislativos Segunda, ya que aprobaron el dictamen que reforma el Código Penal Federal y la Ley General de Salud, con el objetivo de prohibir y sancionar penalmente a quien aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Este avance en la ley, fue una gran celebración para Kike, quien señaló que debido a la desinformación, se puede caer en manos de cualquier charlatán. Cuando era pequeño, su psicólogo lo respaldaba. Sin embargo, los padres consideraron que era una enfermedad y lo llevaron a terapias de reconversión.
Pese a las sesiones se dio cuenta que no podía cambiar. Lo mismo pasó con Christoper Dean, un ex integrante de la comunidad mormona en Estados Unidos quien cuenta su historia para El País. Dentro de la iglesia había un ambiente homófobo, debido a esto decidió asistir a terapias de reconversión. Sin embargo, cuando salía de cada sesión notó que nada cambiaba.
Cuando migró a España comenzó a tener ataques de ansiedad y pánico, asistió con un psicólogo “de verdad”, certificado, como dice en el video, ahí se dio cuenta que las terapias a las que había asistido le habían creado un vacío.
En el caso de México, de acuerdo a un documento que obtuvo Milenio, se señaló que las actividades de Ecosig violentan los derechos humanos, además realizan prácticas discriminatorios que excluyen a las personas por su preferencia sexual. Esta institución es relacionada con actos de privación de la libertad, violaciones “correctivas”, violencia económica ay tortura en contra de todas las víctimas, que generalmente no denuncias.
Citlalli Hernández, legisladora de Morena, es la impulsora de la ley, dijo que es fundamental para evitar que los jóvenes tengan problemas con su autoestima, se suiciden o estén en situación de calle por no ser aceptados en sus hogares, debido a su preferencia sexual.
Además, la senadora decidió adicionar en el Código Penal Federal, un Capítulo IX al Título Octavo de Delitos contra el Libre Desarrollo de la Personalidad, para sancionar con dos a seis años de prisión y multa de mil a dos mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, a quien realice, imparta, aplique, obligue o financie cualquier tipo de tratamiento, terapia, servicio o práctica que obstaculice, restrinja, impida, menoscabe, anule o suprima la orientación sexual, identidad o expresión de género de una persona.
Las sanciones aumentaron al doble, cuando la persona autora tuviere alguna relación, ya sea laboral, docente, doméstica, médica o cualquier otra que implique una subordinación. Para iniciar con una investigación basta con que la víctima presente una denuncia.
El proyecto de decreto también adiciona el artículo 465 Bis a la Ley General de Salud, a fin de precisar que a los profesionales, técnicos o auxiliares de las disciplinas para la salud que realicen este tipo de prácticas, se les aplicarán las mismas penas, además, de ser suspendidos en el ejercicio profesional, hasta por tres años. En caso de reincidencia, se les cancelará el registro de la cédula profesional respectiva.
También se menciona que la Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha condenado las Ecosig por carecer de ética y no tener bases científicas que vulnera el libre desarrollo de las personas que pertenece a la comunidad LGBTI.
Además, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos sostiene que la identidad y la expresión de género, así como la orientación sexual no puede ser modificada por terceras personas o por el Estado. En tanto, otras instancias internacionales han insistido en que la homosexualidad no es una enfermedad y que deben respetarse y protegerse los derechos humanos de las personas de la comunidad LGBTI.
(Diana Juárez)
Con información de Milenio