La prohibición del matrimonio entre parejas del mismo sexo es discriminatoria, violenta la igualdad y el derecho al libre desarrollo de la personalidad, han asegurado activistas de la comunidad LGBTQ+. ¿Qué sucede cuando la ley no reconoce el matrimonio entre dos personas por su preferencia sexual? 

Origen de los matrimonios igualitarios 

Se cree que los matrimonios entre personas del mismo sexo fueron permitidos en algunas partes de Mesopotamia y Egipto antiguo; sin embargo los conceptos de homosexualidad y heterosexualidad aún no existían como los conocemos hoy. Asimismo, la historia antigua nos ha enseñado que en diferentes civilizaciones y culturas, como la Griega, existían relaciones homosexuales. 

El término “homosexualidad” nació en el siglo XIX y es atribuido al psicólogo Karl Benkert, quien afirmó que era una condición innata, natural y señaló que las leyes constituían violaciones fundamentales a los derechos humanos de las personas homosexuales. Esto también provocó que personas identificaran a la homosexualidad como una enfermedad y comenzar practicar tratamientos de “cura”,  como las terapias de electrochoque. 

Históricamente se había entendido al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer, aun cuando no se especificaba en las constituciones, por esa razón el activismo por la diversidad sexual ha luchado a nivel judicial por comprender que el matrimonio evoluciona y exigiendo que también se considere la unión entre dos personas del mismo sexo, matrimonio igualitario. 

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En 1989, Dinamarca se convirtió en el primer país en permitir la unión de las parejas del mismo sexo, seguido de Noruega, Suecia, los Países Bajos y Bélgica. La lucha exigía que el reconocimiento de estos matrimonios tuvieran los mismos beneficios sociales como el seguro médico, pensión alimentaria o derechos hereditarios. En 2005, España, Francia, Alemania y Canadá también lo permitieron. 

¿Qué ha pasado en México? 

En noviembre de 2006 se publicó en la Gaceta Oficial del Distrito Federal la Ley de Sociedad de Convivencia del Distrito Federal la cual reconocía las uniones de personas del mismo sexo. En junio de 2009, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal aprobó el matrimonio igualitario, seguido de las legislaturas de Quintana Roo, Coahuila y Chihuahua. 

En enero del 2010 la Suprema Corte de Justicia de la Nación emitió a favor de los matrimonios por personas del mismo sexo llevado acabo en Ciudad de México para que fueran válidos en todo el país, pero Baja California, Guanajuato, Jalisco, Morelos, Sonora y Tlaxcala interpusieron controversia constitucional al para impedir que la ley tuviera efecto en dichos estados. 

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En marzo del mismo año, entró en vigor la reforma de la ley que permitió modificar el artículo 146 del Código Civil del Distrito Federal define al matrimonio con lenguaje neutro. No obstante, siguen existiendo estados en la república que niegan las uniones igualitarias presentando obstáculos en sus códigos civiles, familias o en sus constituciones del matrimonio y/o concubinato afirmando que el matrimonio es la unión exclusiva entre un hombre y una mujer, y en algunas cosas señalando que dicha unión tiene como fin “procrear o concebir”. 

Actualmente las parejas de la comunidad LGBTQ+ que desean contraer matrimonio no pueden hacerlo en 13 estados, a menos de contraer un amparo, son: Baja California Sur, Durango, Guerrero, Guanajuato, Estado de México, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán, Querétaro y Zacatecas. 

¡Nuevas noticias!

En 2018 se registraron tres mil 359 matrimonios del mismos sexo, según datos del Inegi, y aunque la cifra sea pequeña se ha señalado que ya más del 15 mil parejas del mimo sexo han pasado por alguna de las oficinas del Registro Civil en toda la república mexicana. La mejor noticias es que recientemente los Congresos de Baja California y Sinaloa aprobaron reconocer de manera efectiva el matrimonio entre las parejas del mismo sexo. 

El Congreso de Baja California aprobó la reforma constitucional para reconocer el matrimonio igualitario, con 18 votos a favor, cuatro en contra y una abstención. El dictamen número 59 de la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, avaló los cambios en los artículos 7 y 104 de la Constitución Local. 

También con la reforma del artículo 143 del Código Civil que ya define al matrimonio como “la unión libre de  dos personas para realizar la comunidad de vida, en donde ambas se procuran respeto, igualdad y ayuda mutua”. 

Por otro lado, el congreso de Sinaloa aprobó el matrimonio igualitario gracias a la solicitud de amparo interpuesta por integrantes de la comunidad LGBTQ+. El dictamen fue aprobado con 23 votos a favor, cero en contra y 17 abstenciones; de los ausentes fueron ocho diputados del PRI, dos del PAN, tres de Morena, uno del Partido Sinaloense y uno independiente. 

Hasta hoy Campeche, Ciudad de México, Coahuila, Colima, Hidalgo, Michoacan, Morelos, Nayarit, San Luis Potosí, Sinaloa y Baja California han modificado su normativa para que las parejas del mismo sexo puedan contar matrimonio en el registro civil. 

ASL