“Soy el primogénito, así que cuando mi padre murió, tuve que dejar la escuela y empezar a trabajar. De donde vengo es difícil ganarse la vida, y si no se dispone de los medios para mantener a la familia, es humillante. Tenemos un gobierno corrupto, solamente los que están muy bien conectados se benefician de las ayudas y los empleos del gobierno. Así que me vi obligado a emprender el camino y buscar mejores oportunidades. Había oído decir a amigos que se fueron hace años que había trabajo en Libia, así que decidí irme allí.”
En el paradigma actual, somos espectadores de una crisis humanitaria con distintas aristas en donde el sistema internacional pone la mayor parte de su atención en la emergencia sanitaria. Sin embargo, el mismo sistema ha intervenido en la institucionalización de la movilidad humana desatando un fenómeno multifactorial y complejo que despoja a los seres humanos de su dignidad humana y los marginaliza.
A lo largo del artículo identificamos que, a pesar de los esfuerzos de muchos Estados en la comunidad internacional, aún existen vacíos legales internacionales que permiten que los mismos Estados actúen en pro de su soberanía, poniendo los derechos humanos en segunda instancia. Por esta razón, se generan alternativas como las redes de migrantes que, aunque sirven de manera provisional, no logran llenar completamente estos vacíos legales.
Migrantes, refugiados, apátridas y expatriados
De acuerdo al glosario sobre migración de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), el término migrante hace referencia a cualquier persona que se traslade fuera de su lugar de residencia con el objetivo de mejorar sus condiciones sociales y materiales pero sin la intervención de factores externos que le obliguen a migrar. Esta conceptualización es problemática debido a que no existe una definición que sea universalmente aceptada, por consiguiente no se encuentra definido en el derecho internacional y es por ello que cada país trata a los migrantes conforme a su propia legislación sin importar los esfuerzos de las Naciones Unidas para crear un marco de cooperación en materia migratoria.
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La diferenciación entre migrante y refugiado es imperativa debido a que la gran diferencia radica en que este último sí es definido y protegido por el derecho internacional gracias a la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951. Además, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) establece como uno de los principios fundamentales que los refugiados no deben ser expulsados o devueltos a las situaciones en las que sus vidas y su libertad puedan verse amenazadas, ante esto los Estados son responsables de brindar procedimientos que garanticen sus derechos humanos.
Por otro lado, y bajo el marco de la globalización, se ha exacerbado el rechazo de los nacionales hacia los migrantes y refugiados, el cual muchas veces es justificado a través del concepto de xenofobia, sin embargo, es casi imposible no realizar una comparación entre el recibimiento que obtienen los extranjeros considerados primermundistas con el rechazo a los extranjeros considerados tercermundistas a los que se les cierran puertas y se les impide el traspaso de fronteras. Siguiendo esta lógica, la xenofobia no explicaría el rechazo de sectores de la sociedad e incluso de líderes políticos ante el fenómeno migratorio, por lo que el concepto de aporofobia – el miedo al pobre – parece definir mejor este suceso dado bajo una noción de neoliberalismo y seguridad nacional en donde el extranjero pobre que no aporta nada al PIB se vuelve una amenaza.
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Para comprender mejor el fenómeno anteriormente descrito, se hace una comparativa entre un apátrida y un expatriado, este último a pesar de no estar definido dentro del derecho internacional muchas veces presenta el apoyo por parte de una empresa para facilitar los trámites burocráticos que le permitirían no solo ser aceptado dentro del tejido social, sino también ser un inmigrante con éxito. Por otro lado, los apátridas no son considerados sujetos de derechos por no estar legalmente reconocidos, lo que impacta a los individuos y a las dinámicas dentro del mismo tejido social ya que la exclusión de un sector de la población puede perjudicar el desarrollo económico y social.
Las redes de migrantes como un sistema de gestión
De acuerdo con Khalid Koser, las redes de migrantes se encuentran integradas de familiares y amigos en los países de origen y de destino en donde estos lazos interpersonales conectan a los migrantes y no migrantes, creando redes trasnacionales que tienen gran importancia en el fenómeno migratorio ya que como lo podemos ver en el testimonio, la mayoría de los migrantes deciden trasladarse a un país en donde tenga conocidos. Sin embargo, para que estas redes se puedan transformar en un sistema de gestión de la migración se debe establecer una red de confianza en donde los individuos tienen responsabilidades y obligaciones como el envío de remesas o el ayudar a un nuevo miembro a integrarse a la red. El negarse a alguna de sus obligaciones podría significar la pérdida de beneficios otorgados por la red, si hiciéramos un paralelismo se podría asimilar al contrato social que tenemos con el Estado.
Tomando en cuenta que aún nos desenvolvemos dentro de un sistema Westfaliano, el Estado sigue siendo uno de los principales actores en el sistema internacional y por lo tanto en la gobernabilidad migratoria. Sin embargo, y como ya lo establecimos antes, la falta de una regulación migratoria universal le presenta la oportunidad a estas redes de llenar algunos vacíos en el sistema, a pesar de los intentos del mismo sistema por crear instituciones internacionales que ayuden a seguir estos flujos migratorios. Lo anterior no es propiamente culpa de los organismos internacionales ya que, por definición se encuentran limitados en cuestiones de gobernabilidad debido a su incapacidad de ejercer soberanía.
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De acuerdo con Our Global Neighbourhood, la gobernanza es un proceso de toma de decisiones dinámicas en el que se gestionan los asuntos importantes. Tomando en consideración la definición anterior, las redes de migrantes se basan en el concepto de gobernanza en sus procesos internos debido a que se apoyan en las decisiones que atañen al bienestar de los miembros de la red y a los procesos estructurales como el envío de remesas. Estas redes presentan distintos beneficios y ventajas ante los Estados y las organizaciones internacionales ya que tienen la facilidad de una mejor coordinación y flexibilidad que la que se podría presentar en una estructura estatal, lo que le permite a las redes adaptarse rápidamente al statu quo.
Otro de los beneficos de las redes de migrantes es que son capaces de contrarrestas los problemas creados por las redes criminales como la trata de personas o de reducir tensiones entre los inmigrantes y las comunidades de destino, debido a que los migrantes anteriores crean una especie de cadena en donde pueden fungir de facilitadores en la integración para los nuevos integrantes. Además de incrementar la seguridad y la propia dignidad de los migrantes ya que se proporcionan contactos confiables, lugares seguros y conexiones para facilitar un empleo legítimo. Como lo podemos ver, el papel que toman estas redes de migrantes es gracias al vació que genera el sistema internacional en las estructuras de gobernabilidad, ya que los beneficios antes mencionados – teóricamente –, deberían ser garantizados por los propios Estados como en el caso de los refugiados.
¿Las redes de migrantes son suficientes?
Las dinámicas actuales en el escenario internacional han generado que, como lo establece el liberalismo institucional, los países se encuentren conectados debido a la globalización y a las organizaciones internacionales, en donde se vuelve casi imposible para un Estado estar en completo aislamiento. Debido a lo anterior y a los esfuerzos de la comunidad internacional, a pesar de las problemáticas antes mencionadas, se identifica una tendencia hacia una posible internalización de las políticas migratorias en donde las legislaciones estatales puedan ser aplicadas en instancias supranacionales. La OIM establece que esta posible gobernanza de la migración sea entendida como un conjunto de normas jurídicas, leyes, reglamentos, políticas, tradiciones y estructuras organizativas que regulen y determinen la actuación de los Estados en torno al fenómeno migratorio. Además la OIM diseñó un Marco de Gobernanza de Migración (MIGOF) que se basa en las normas internacionales para respetar los derechos de los migrantes y fomentar políticas para afrontar la migración y sus consecuencias. Por otro lado, América Latina muestra un gran avance en gobernanza migratoria regional como los acuerdos de “tercer país seguro”, los cuales garantizan la estancia y los derechos de los refugiados.
Sin embargo, aún dentro de este marco global, los Estados parecen no ceder ante la universalización del concepto de migrante ya que a nivel nacional siguen utilizando las narrativas de sus políticas migratorias internas como una herramienta ante el electorado y de cohesión social. De lo anterior se derivan aun más problemáticas como la falta de mecanismos para el recibimiento de refugiados, y la discriminación que se da a partir de la diferenciación entre un apátrida y expatriado. Lo anterior nos deja claro que a pesar de que las redes de migrantes representan una gran alternativa ante la actual crisis migratoria en el sistema internacional, no puede sostenerse de manera permanente pero sí constituyen un mecanismo de apoyo importante para los migrantes ante la falta de eficacia de la gobernanza mundial migratoria. Pese a los esfuerzos de la comunidad internacional por generar decisiones vinculantes en materia de migración, esto no ha sido posible debido a que para los Estados podría representar una posible pérdida de legitimidad política nacional y costos políticos y económicos a nivel internacional. En donde nuevamente, se establece una jerarquía en la que los derechos humanos de los migrantes quedan en un segundo plano orillándolos a – en el mejor de los casos – vincularse en las redes de migrantes legítimas.
*Karen Monserrat Carrillo es estudiante del Tec de Monterrey en Relaciones Internacionales, este texto es el trabajo final de su clase Instituciones y Organismos Internacionales