A finales de julio, la cámara baja aprobó 86 leyes en materia de paridad de género, con la finalidad de que se garantice la participación de las mujeres en la vida política. Sin embargo, su aprobación tuvo que esperar muchos años. Aún queda pendiente avanzar en algunos estados, municipios y ayuntamientos, dice en entrevista, María del Carmen Alanís catedrática de la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM).

“Aún nos falta un ratito por avanzar”, dice Alanís, exdirectora UNAM-Boston. Fue en 2014 cuando se aprobó en la Constitución la paridad para Congresos federales y locales, "no aceptaron los patriarcas las modificaciones para que esto alcanzara el nivel municipal, sólo en los Congresos", reclama la especialista.

Desde 2014 es cuando empieza la batalla, las mujeres tuvieron que presentar medios de impugnación y que se generara la de jurisprudencia al Tribunal Electoral, asegura la especialista. Después de un año, se vio el avance en la paridad municipal .Fue a partir de las sentencias y de la jurisprudencia que los Congresos locales y los organismos electorales de las entidades federativas, que se avanzó en el ámbito local. Sin embargo, es hasta 2019 cuando se aprueba en el Diario Oficial de la Federación la reforma que reconoce la paridad ya no solo en los Congresos, sino también en el Poder Judicial, en el Ejecutivo (gabinetes), organismos autónomos y municipios indígenas, en los tres niveles de gobierno.

Lee: Esto no es nuevo: Ocasio-Cortez sobre la violencia política de género

Interpretación de la ley a conveniencia

El 6 de junio de 2019 es cuando se publica en el DOF, la reforma a 9 artículos de la Constitución. En ésta se incorporó el principio de paridad de género, en el que se obliga a los Poderes de la Unión (Ejecutivo, Legislativo y judicial) y de las autoridades federativas, electorales, organismos autónomos, federales y locales, a los partidos políticos y todas las autoridades municipales a transversalizar dicho principio, es decir, que hubiera un 50/50 de la representación de mujeres y hombres, escribió María del Carmen Alanís en su columna de El Universal.

En el decreto, se les otorgó un año para que los congresos federales y locales aprobaran las reformas necesarias a las constituciones locales, así como leyes secundarias para cumplir el mandato a la Constitución. Sin embargo, hubo estados y municipios que interpretaron la ley a su conveniencia, entendieron que tenían un año para dar inicio, o de manera gradual. Esto no era así. "Al estar en la Constitución ya es obligatorio para todos, el año era para implementar las reformas", explica Alanís.

“Fue ahí cuando empezó el pleito porque no se avanzaba ni nivel federal ni local porque son muchas leyes”, cuenta la investigadora en derecho.
 

Las legisladoras, entre ellas Wendy Briceño y Malú Michel, empezaron a trabajar de forma persistente con legisladoras locales, colectivos como la Red de Mujeres en Plural, donde participa Alanís. En esta organización se hizo un proyecto en el que se sigue trabajando, para avanzar en materia de paridad de género.

Lee: ¿Quién es María Fabiola Alanís, nueva titular de Conavim?

 "No existen los mecanismos suficientes para exigir el cumplimiento"

El 12 marzo, el Senado aprobó reformas a 50 ordenamientos, en respuesta, la Cámara de Diputados aprobó la modificación a 86 leyes. Lo que hizo la cámara baja fue contrastar las iniciativas ya presentadas por diputadas y revisar las que envío el Senado para empatarlas, fue así como salieron las 86, ahora se espera que el Senado las apruebe, dice Alanís.

Sin embargo, María del Carmen considera que ha habido mucha resistencia por parte de las autoridades para aprobar las reformas en materia de paridad de género. Además, los gobiernos han argumentado que la Constitución no estableció plazo para las entidades federativas. La gradualidad para avanzar hacia la paridad, significa que por ejemplo, en los gabinetes integrados previamente a la reforma, que no cumplan la paridad, entonces se cubrirán las vacantes que se vayan generando con Mujeres. Tal es el caso del gabinete a nivel federal: No es un gabinete paritario; comenzó con el 38%. Ha habido 3 renuncias, como fue el caso de Josefa González Blanco Ortiz-Mena ex secretaria de Medio Ambiente, quien debía haber sido sustituida por una mujer, no fue así, el cargo lo obtuvo Víctor Manuel Toledo Manzur. Posteriormente renuncian el Secretario de Hacienda y el de Comunicaciones, y son sustituidos por hombres.

En caso de que no haya alguna candidata, situación hipotética, ya que Alanís asegura que existen mujeres preparadas en todos los campos, se podría hacer un enroque, es decir, si la candidata mujer es apta para otra secretaría y el titular es apto para la vacante, se podría hacer el cambio.

 

"Lo que preocupa es que no hay mecanismos para exigir el cumplimiento, pues sí ya está la obligación a nivel constitucional, empezando por el ejecutivo federal no cumple con el principio, los ejecutivos locales sostienen que no les obliga la reforma que porque dicen que será gradual y no hacen las reformas".

La situación de equidad a nivel estatal

En algunos estados ni siquiera se han aprobado las reformas, como es el caso de Nuevo León donde varias diputadas y diputados están presionando, pero es un grupo minoritario. "Dicen que van aprobar al reforma hasta que se aprueben sus cuatro candidatos hombres para el Tribunal Superior de Justicia que carece de la participación de las mujeres", señala Alanís.

Este es un "descaro" para muchos de los colectivos que están luchando por lograr la participación de las mujeres en el campo político. 

En otros estados se ha aprobado la reforma de violencia política y paridad electoral, pero queda pendiente la de administración pública y el poder judicial. En Baja California hay un conflicto entre los grupos del Congreso del mismo partido por aprobar las reformas. Por lo que aún está pendiente el avance en tema de paridad a nivel local. La Corte dejó sin efectos la refirma recientemente aprobada. 

Lee: Se hará listado de quienes cometan violencia política de género

Vía jurisdiccional en caso de que no se apruebe

En caso de que no cumpla con el mandato constitucional en materia de paridad de género, se tendría que proceder por la vía jurisdiccional, presentar amparos, acciones de inconstitucionalidad y exponer las omisiones legislativas. La presión tendrá que ir por la vía legal.

En el artículo 20 Ter de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, se considera como violencia política contra las mujeres, incumplir las disposiciones jurídicas nacionales e internacionales. Y la ley de delitos electorales también establece una conducta por obstruir los avances y ejercicio pleno de los derechos políticos de las mujeres. “Si no es por la buena, entonces por la vía jurisdiccional, y de la denuncia directa de quienes violen la Constitución y las leyes, señala Alanís.