Los feminicidios no siempre son historias de mujeres que fueron captadas para ser violadas y, posteriormente, asesinadas. A veces los feminicidios también se presentan como la muerte de una mujer provocada por el auto de su pareja, puesto en marcha con la intención de atropellarla. Ese es el caso de “Polly”, quien falleció este fin de semana.

A Polly Olivares y a su amiga Fernanda Cuadra las atropelló Diego “N”, quien fue pareja sentimental de Polly en la Ciudad de México. A bordo de un Ford Fiesta blanco Diego le pasó por encima a Fernanda y arrastró a Polly durante cuatro cuadras. Momentos antes el sujeto amenazó de muerte a las jóvenes diciendo: “las voy a matar, perras”. El video del incidente se viralizó en redes sociales, donde exigieron justicia para ambas jóvenes. 

De tentativa de feminicidio a feminicidio

Tras varios días internada Polly falleció, por lo que la Fiscalía General de Justicia (FGJ) informó que reclasificará el delito de feminicidio en grado de tentativa a feminicidio y solicitará la mayor penalidad contra Diego.

LEE: ¿Por qué ocurren feminicidios en México?

“En breve, el agente del Ministerio Público de la Fiscalía de Investigación del Delito de Feminicidio buscará la reclasificación del delito de feminicidio, en grado de tentativa, por feminicidio, y solicitará la mayor penalidad para obtener justicia tras su muerte”, comunicó la Fiscalía a través de una tarjeta informativa.

A Diego “N'''' se le acusaba del delito de “feminicidio en grado de tentativa” porque sus víctimas aún tenían vida. Tras la muerte de Polly, Diego enfrentará la acusación por el feminicidio de Polly y el feminicidio en grado de tentativa de Fernanda, explicó la abogada María de la Luz Estrada, del Observatorio Nacional Ciudadano del Feminicidio, en entrevista para La Cadera de Eva.

“Me parece que la autoridad tiene que dar un mensaje serio de que ya no pueden permitirse más prácticas de abuso de los jóvenes, de que el enojo lo materialicen en causar daño y, en este caso, cometan feminicidios”, dijo María de la Luz.

¿Qué se necesita para que el asesinato de una mujer sea catalogado como feminicidio?

Aunque los hechos ya han sido catalogados por las autoridades como feminicidio y tentativa de feminicidio, en redes sociales algunas personas expresaron su confusión al respecto, preguntando por qué  Diego sería acusado de feminicidio y no de homicidio. 

El delito de feminicidio se encuentra tipificado en el artículo 325 del Código Penal Federal, el cual establece que: “comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”. 

De acuerdo con el Código Penal Federal, el  asesinato de una mujer debe identificarse como feminicidio cuando:

1. La victima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo.

2. A la víctima se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes, previas o posteriores a la privación de la vida o actos de necrofilia.

3. Existan antecedentes o datos de cualquier tipo de violencia en el ámbito familiar, laboral o escolar, del sujeto activo en contra de la víctima

LEE: Revictimización del feminicidio: ¿si no es culpa de la víctima, es de su mamá?

4. Haya existido entre el activo y la víctima una relación sentimental, afectiva o de confianza.

5. Existan datos que establezcan que hubo amenazas relacionadas con el hecho delictuoso, acoso o lesiones del sujeto activo en contra de la víctima

6. La victima haya sido incomunicada, cualquiera que sea el tiempo previo a la privación de la vida.

7. El cuerpo de la víctima sea expuesto o exhibido en un lugar público.

Por otra parte, la sentencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) relacionada con el caso de Mariana Lima Buendía, establece que en el caso de muertes de mujeres se debe:

  • Identificar las conductas que causaron la muerte de la mujer.

  • Verificar la presencia o ausencia de motivos o razones de género que originan o explican la muerte violenta

  • Preservar evidencias específicas para determinar si hubo violencia sexual.

  • Hacer las periciales pertinentes para determinar si la víctima estaba inmersa en un contexto de violencia.

  • ¿Por qué la muerte de Polly se investigará como feminicidio?

    De acuerdo con María de la Luz Estrada, del Observatorio Nacional del Feminicidio, el abogado que lleva el caso de Polly comentó que hubo elementos de prueba para vincularlo como tentativa de feminicidio, y al parecer, hubo testigos que señalaron una actitud agresiva y amenazante por parte de la pareja sentimental de Polly. Estos datos se encuentran en la carpeta de vinculación del caso.

    Según la experta, para el tipo penal de feminicidio se requiere que se presente sólo una de las circunstancias establecidas. Para vincularlo a proceso se pudo haber activado la circunstancia 4, donde se habla de la existencia de una relación afectiva, sentimental y de confianza entre el victimario y la víctima. “Yo no puedo confirmar que haya sido la pareja sentimental de Polly, pero entiendo que se trata al menos de una relación de confianza”, dijo María de la Luz.

    Tras el fallecimiento de Polly, la experta explicó que también pueden aplicarse otras circunstancias del tipo penal de feminicidio, que serán confirmadas con la realización de los peritajes pertinentes, entre ellas, la circunstancia que señala la existencia de lesiones infamantes y degradantes. “Ella fue arrollada con toda la intención, que es vista en el video”, dijo la abogada. “Eso muy bien puede quedar en la necropsia y en la mecánica de hechos. Ella fue atropellada y, todavía, fue arrastrada durante metros”, enfatizó.

    Por otra parte, la abogada dijo que será necesario hacer un análisis de contexto para saber más sobre la relación de confianza entre Polly y Diego. Asimismo, deberán realizar un análisis para determinar si Polly había atravesado en el pasado por otros episodios de violencia perpetrados por Diego.

    Otra circunstancia por la que Diego enfrentará el cargo de feminicidio, se relaciona con el estado de indefensión de las víctimas y la exposición del cuerpo 

    “El cuerpo fue expuesto. Fue en vía pública. Esa podría ser otra circunstancia”, enfatizó la abogada.

    “Ella estaba en estado de indefensión. Es una de las circunstancias del nuevo tipo penal de feminicidio”, dijo María de la Luz. Ese estado de indefensión está presente porque ellas iban caminando tranquilas sin saber que iban a ser atacadas, pero el agresor sí sabía que iba a atacar a las jóvenes, explicó la experta.