La Suprema Corte de Justicia de la Nación de la Nación (SCJN) despenalizó el aborto en todo el país.
La Corte aprobó este martes la invalidez del artículo 196 Código Penal del estado de Coahuila, el cual sancionaba hasta con tres años de prisión a las mujeres que interrumpieran la gestación, así como a las personas que las apoyaran.
Con la votación, el estado de Coahuila se une a la Ciudad de México, Oaxaca, Hidalgo y Veracruz, en los cuales no se procesa a ninguna mujer que decida interrumpir su embarazo.
Al obtenerse una mayoría de votos (ocho), se establece un criterio que obliga a todos los jueces de las 32 entidades del país, a no procesar a ninguna mujer que determine interrumpir el embarazo.
En la misma sesión, los ministros del máximo tribunal del país, votaron por invalidar el artículo 195 del Código Penal de esa entidad, el cual mencionaba que las mujeres o personas que las asistieran para llevar a cabo un aborto debían permanecer en prisión.
Durante la continuación de la discusión, que inició ayer, las ministras y los ministros determinaron la invalidez de, articulo 244, fracción Segunda, relacionado con el delito de violación por parte del cónyuge, el cual mencionaba que sólo se podía sancionar sólo, a partir de una denuncia presentada ante el Ministerio Público.
(Luis Ramos)