La Semana Mundial de la Lactancia Materna (SMLM) se celebra todos los años la primera semana de agosto desde 1992. Esta iniciativa fue lanzada por la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) con el propósito de crear conciencia y estimular la acción sobre temas relacionados con la lactancia materna. Este año, el tema de la SMLM se dedicará a la lactancia materna y el trabajo, ofreciendo una oportunidad para reflexionar sobre las condiciones de trabajo de las mujeres en particular las que repercuten con la protección a la maternidad y procuración de salud materno-infantil. La propuesta de la SMLM es promover el ejercicio de una licencia de maternidad remunerada ideal de seis meses y mínima de 18 semanas, además del esencial espacio en el lugar de trabajo para amamantar. Estas prestaciones de trabajo son consideradas como urgentes y necesarias para garantizar que las mujeres puedan amamantar todo el tiempo que deseen o alcanzar el periodo de seis meses de lactancia materna exclusiva. Sin embargo, más de quinientos millones de mujeres trabajadoras no se benefician ni de estas prestaciones de maternidad básicas ni de alguna; y muchas se encuentran sin apoyos cuando se reincorporan al trabajo[1].

En México, la Ley Federal del Trabajo (LFT) establece una licencia de maternidad de doce semanas, seis antes y seis después del parto, además de un periodo de lactancia que consiste en dos reposos extraordinarios por día, de media hora cada uno, para alimentar a sus hijos, en lugar adecuado e higiénico que designe la empresa, o bien, cuando esto no sea posible, previo acuerdo con el patrón se reducirá en una hora su jornada de trabajo durante el período señalado. Estas prestaciones formuladas durante los movimientos laborales de principios del siglo XX, además de no cubrir los mínimos planteados por la OMS ni cubrir las necesidades bien documentadas de la salud materno-infantil, ejemplifican al esquema tradicional patriarcal institucional del “permiso” vs “derecho”.

La Cancillería mexicana será parte de la SMLM uniéndose a los esfuerzos de análisis y concientización a través de un taller virtual dirigido a toda su plantilla. Este taller tendrá como propósito reflexionar sobre la lactancia materna desde un enfoque de derechos de la mujer y de la niñez. Este evento se sumará seguramente a otros del mismo corte que se realizarán en muchas de nuestras representaciones en el exterior, sobre todo aquellas en las que la protección a la salud de las comunidades mexicanas en el exterior sea una realidad diaria. Esperemos que, en la reflexión provocada por este evento, se incluya el contraste entre la brecha que existe en la legislación mexicana y los mínimos considerados por la comunidad internacional. Sería deseable también que se realizara un verdadero ejercicio de diagnóstico, análisis, reflexión y próximos pasos sobre la procuración de condiciones para una lactancia materna eficaz, en la Cancillería, tanto en sus oficinas en México, como en todas sus representaciones en el exterior.

Desde el 2016 el edificio de Plaza Juárez 20 en México, la SRE cuenta con una sala de lactancia para que las madres puedan amamantar a sus hijos o extraerse leche en privacidad y comodidad. En selectas representaciones en el exterior, la mayoría pertenecientes a la red consular en Estados Unidos, también se cuenta con salas de lactancia, con la característica que las salas están abiertas al uso público en atención a la política de protección a la salud y atención integral a la mujer que aplican nuestros consulados. La apertura de salas de lactancia fue un primer paso tardío pero firme, para la creación de condiciones que permitan el ejercicio de una lactancia materna eficaz, pero ¿qué hemos hecho después de que se inauguraran aquellos recintos?

En concordancia con el tema de la SMLM, es necesario evaluar la funcionalidad de las salas de lactancia en relación con la jornada y cultura laboral de la Cancillería y las representaciones en el exterior. Las distancias y el tiempo asignado de una hora por día solo hacen posible que el lugar sea aprovechado como espacio para la alimentación diferida, que no directa del infante, por lo que es lógico cuestionar si la sola procuración de un espacio de extracción de leche es suficiente para lograr una lactancia materna eficaz y si la sola existencia de salas de lactancia está en concordancia con las nuevas realidades laborales del final del primer cuarto del siglo XXI y la política exterior feminista que abrazamos en el 2018. Un análisis serio debería tener como propósito crear condiciones favorables para la lactancia más allá de lo mínimo establecido y abandonar el criterio de “no podemos dar más prestaciones de las que establece la LFT, porque además quién las va a pagar” que alguna vez un funcionario de la Dirección General del Servicio Exterior declaró.

Hasta el día de hoy no hay una política ni protocolo escrito sobre el procedimiento que deben de seguir los y las jefes de oficina de las Representaciones de México en el exterior para apoyar a las madres lactantes. Las decisiones son dejadas al criterio y buena voluntad de los jefes de oficina, provocando en el mejor de los casos un disfrute de mejores facilidades para la madre, pero en la mayoría un estado de vulnerabilidad por la falta de certidumbre sobre lo que está permitido y lo que será tolerado. Esta incertidumbre perpetua la idea patriarcal de que la licencia de maternidad es una dádiva o concesión de la autoridad que “permite” o “autoriza” que se ejerza el derecho asumiendo el “costo” que significa la ausencia de un miembro del equipo de trabajo.

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En la administración pasada, un titular consular objetó porque una miembro del servicio exterior solicitó ejercer su derecho de vacaciones al final de su licencia de maternidad para poder extender el periodo de lactancia de su infante, para compensar lo reducido del periodo considerado en la LFT. Aquel titular razonaba que la solicitante ya había sido suficientemente beneficiada y que más días de ausencia era un abuso. Afortunadamente para el menor y la madre, la jefa alterna de oficina intervino a favor de los solicitantes argumentando que se estaban ejerciendo derechos. Sin embargo, cuando la madre se reincorporó a sus actividades laborales, durante el periodo de evaluación por el que pasamos todos los miembros de carrera del SEM, el titular asignó una calificación baja a la susodicha argumentando que “se habían cometido muchos errores durante su ausencia”.

En el episodio anterior ¿podemos identificar si hubo condiciones para ejercer una lactancia materna eficaz o encontramos evidencia del enfoque tradicional que insiste ver los derechos de las trabajadoras como una gracia concedida? Los razonamientos que se desprenden de considerar a la lactancia materna como un ejercicio de una prestación que debe ser sobrellevada por el mando de oficina que la autoriza, despojan a la lactancia materna de su esencia original: ser una necesidad humana fundamental inherente para la sobrevivencia de la persona.

Sería interesantísimo que la Unidad de Igualdad de Género de la Secretaría de Relaciones Exteriores convocara a todas las oficinas para que aportaran sus mejores prácticas para procurar la lactancia materna en sus trabajadoras. Seguramente encontraríamos un sinnúmero de propuestas que podrían servir de base para poner por escrito esa política para una lactancia materna eficaz que fuera mucho más allá de los mínimos establecidos por la ley. Ojalá se rescatara el lema de la SMLM del 2021 “proteger a la lactancia materna: una responsabilidad compartida”, y el ejercicio de una lactancia eficaz no quedara únicamente en los actos de malabarismo que ejecutan la madre y su infante.

[1] OMS. Semana Mundial de Lactancia Materna 2023. https://www.who.int/es/campaigns/world-breastfeeding-week/2023