Las mujeres mexicanas en prisión son las que tienen menos sentencias firmes, de acuerdo con el nuevo Censo Nacional del Sistema Penitenciario 2024 hecho por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), ya que de 86 mil 984 personas privadas de su libertad sin sentencia, 46.8% de ellas son mujeres y el restante 36% hombres.
En total, 233 mil 277 personas estaban privadas de la libertad en los 331 centros penitenciarios del país al momento en que este censo se levantó. 94% son hombres, el restante 5% son mujeres.
46.8% de las 13 mil 354 mujeres privadas de la libertad no tiene sentencia o está legalmente acusada de algún delito. Sólo el 36% de los hombres se encuentra en esta misma figura legal.
De acuerdo con el censo del año pasado, la cantidad de mujeres privadas de la libertad aumentó 0.7% en 2024, el equivalente a 48 personas más. En el caso de los hombres se produjo una disminución de presos sin sentencia de 1.7% con respecto a los mismos periodos.
Esto se debe al pobre acceso que las mujeres tienen a una defensa legal de calidad en comparación con lo fácil que resulta para los hombres. De acuerdo con una investigación producida y presentada por la organización Reinserta:
“Las mujeres reciben sentencias de 23 años, en promedio, por cometer delitos graves; mientras que los hombres tienen castigos de 17 años por los mismos ilícitos”.
Del total de mujeres privadas de la libertad que no han recibido una sentencia (6 mil 259) el 50% entró a la cárcel por prisión preventiva oficiosa, 28.2% bajo prisión preventiva justificada, 1.9% otros supuestos jurídicos y el restante 19% no identificado.
En Michoacán y el Estado de México el 100% de las mujeres que entraron a prisión y se encuentran sin sentencia, llegó bajo la figura legal de prisión preventiva oficiosa. Mientras que las prisiones federales declaran que el 100% de las mujeres en sus centros está bajo una figura legal no especificada.
¿La prisión preventiva oficiosa podría causar más aprehensiones sin sentencia?
El presidente Andrés Manuel López Obrador le ha propuesto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) la reafirmación de la prisión preventiva como una medida cautelar de apoyo en el sistema penitenciario mexicano. Esto significa que una persona será enviada de forma automática a prisión por haber cometido cierto delito sin que haya sido revisado juez.
El Diario Oficial de la Federación (DOF) cita como crímenes merecedores de prisión preventiva oficiosa al: feminicidio, secuestro, robo dentro de una vivienda, delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, trata de personas y delitos cometidos con medios violentos como armas y explosivos.
La Corte Interamericana reprobó a México en múltiples ocasiones y le ha solicitado remover esta figura legal de su funcionamiento, además de acudir a la medida cautelar “prisión preventiva justificada” si se necesita aislar a la persona por el bien de la comunidad.
En la conferencia mañanera del 16 de abril de este año la secretaria de Gobierno, Luisa María Alcalde, advirtió que eliminar la prisión preventiva oficiosa es “una amenaza a la seguridad nacional” y “una afectación irreparable a los derechos de las víctimas” así como “una extrema vulnerabilidad al personal policial, de las fiscalías, de los juzgadores y de los testigos”.