El personal médico de la Secretaría de Salud de Jalisco le negó el acceso al aborto a una niña de 12 años que fue víctima de violación sexual, así lo denunció la Red por los Derechos Sexuales y Reproductivos en Jalisco, (Ddeser) Jalisco.
La pequeña llevaba 11 días solicitando el servicio de aborto y durante el aplazamiento del servicio de emergencia no solo se vulneró su salud física, también psicológica, de acuerdo con Ddeser Jalisco, la organización que la acompaña. Incluso denunciaron que el personal médico del hospital se acercó con la niña “para preguntarle si quería escuchar el corazón del bebé" y si había considerado llevar a término el embarazo para después darlo en adopción.
Esto representa una violación a sus derechos, pues tanto la Norma Oficial Mexicana 046 (NOM 046), como el artículo 229 del Código Penal del Estado de Jalisco establecen parámetros y protocolos de atención para interrumpir un embarazo producto de violación, los cuales también están plasmados en el programa estatal de interrupción del embarazo de dicho estado.
Ante la negativa del personal de salud de Jalisco, la menor tuvo que ser trasladada a la Ciudad de México para ser atendida. Patricia Ortega, integrante de Ddeser Jalisco, compartió en entrevista con La Cadera de Eva que este 24 de abril la solicitante llevó a culmino el aborto y la menor se encuentra estable.
Al respecto, la Secretaría de Salud de la CDMX informó en una tarjeta informativa que el Centro Regulador de Urgencias Médicas (CRUM) "recibió a la paciente vía aérea, la trasladó y fue atendida en un hospital de manera segura e integral, a fin de garantizar una Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE)".
Además, detalló que atenderá a la menor "sin necesidad de denuncia del hecho ante las autoridades competentes. Ambos servicios se otorgan de manera gratuita, integral, confidencial y en respeto al derecho a decidir sobre el propio cuerpo".
La dependencia también detalló que en 2023 recibió a 15 mujeres provenientes de otras entidades para la realización de IVE a causa de violación sexual, mientras que en lo que va del 2024 se han registrado cuatro casos.
Patricia Ortega también compartió que la autoridades y personal médico del servicio de salud pública en Jalisco frecuentemente se niegan a brindar el servicio de aborto y, como en este caso, tratan de persuadir a las solicitantes para que lleven a termino su embarazo aún cuando es producto de violencia sexual.
“Cuando nosotras nos acercamos con la niña y su tía, quien está a cargo de la menor, no tenían conocimiento del protocolo que se seguiría. Tenían en cama a la menor sin proporcionar información en el avance del caso”, comparte Patricia Ortega, quien explica que la Secretaría de Salud se excusó en que el embarazo se encuentra en el tercer trimestre y no cuenta con personal médico capacitado para atender la interrupción dentro de ese periodo de tiempo.
“Simplemente dicen ‘no tenemos personal capacitado y, entonces, no lo podemos hacer aquí, y tardaron varios días para trazar una ruta que resolviera el caso porque su plan era no ofrecer el servicio”, acusa Ortega.
Apenas en septiembre del año pasado, Ddser documentó que en Jalisco, el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) niega el servicio de aborto pese a que las pacientes presentan la solicitud por violación bajo la NOM 046.
¿Qué dice la NOM 046 y el artículo 229 del Código Penal del Estado de Jalisco?
La Norma Oficial Mexicana NOM-046-SSA2-2005 es una regulación emitida por la Secretaría de Salud de México que establece los criterios para la prevención y atención de la violencia familiar, sexual y contra las mujeres. Esta norma tiene como objetivo principal garantizar el acceso de las mujeres a servicios médicos, legales y psicológicos especializados en caso de sufrir algún tipo de violencia.
En el caso del acceso al aborto por violación, establece que cualquier mujer o persona con capacidad de gestar, sin importar edad o dónde vida, puede acceder a este servicio de manera gratuita a través de los servicios públicos de salud sin necesidad de presentar una denuncia, lo cual era un requisito hasta el año 2016.
Las niñas y adolescentes mayores de 12 años, pueden solicitar y acceder a los servicios de aborto sin la obligatoriedad de contar con la autorización de su madre, padre o tutores.
Por otra parte, el artículo 229 del Código Penal del Estado de Jalisco que regula la interrupción del embarazo establece que “no es punible el aborto causado por la mujer embarazada cuando el embarazo sea resultado de una violación”.
El acceso a los servicios de aborto por violación es un derecho sin límite de semanas
En México existen precedentes que establecen que no existe un límite de semanas para negar el servicio de aborto a víctimas de violencia sexual, ya que este no es el primer caso en el que las autoridades aplazan el mecanismo con la intención de que la solicitante lleve a término el embarazo.
Actualmente, los estados que han legislado sus leyes locales para despenalizar el aborto son: Baja California, Baja California Sur, Colima, Ciudad de México, Guerrero, Hidalgo, Oaxaca, Veracruz, Quintana Roo y Sinaloa
En Jalisco, el aborto se castiga con cuatro meses a un año de prisión, de acuerdo al artículo 228 del Código Penal de ese estado.
Recordemos que desde septiembre de 2023 la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró inconstitucional y violatorio de derechos humanos considerar el aborto como un delito, y que, de acuerdo a esta determinación, las mujeres y personas con capacidad de gestar deberían acceder a este servicio de salud sin ser criminalizadas.
Hasta el cierre de esta publicación, la Secretaría de Salud de Jalisco no se ha pronunciado respecto al caso de la menor a la que le fue negado el acceso al aborto.