Este 4 de noviembre, durante una caminata pública en el Centro Histórico de Ciudad de México, un hombre se acercó a la presidenta, Claudia Sheinbaum, la rodeó con el brazo e intentó besarla sin su consentimiento. En un video difundido en redes sociales se observa cómo la mandataria se aparta mientras personal de seguridad interviene para retirarlo.
Las imágenes muestran al individuo colocando su brazo sobre ella y acercando su rostro; Sheinbaum, visiblemente incómoda, se hace a un lado antes de que su equipo de seguridad intervenga. Segundos después, mientras el hombre intenta abrazarla de nuevo, uno de los escoltas lo separa. La presidenta mantiene la calma y le dice: “Nos tomamos la foto, no te preocupes”.
En redes sociales, la escena desató una discusión inmediata. Algunas personas cuestionaron por qué la presidenta “no reaccionó” con mayor firmeza; otras dirigieron la crítica hacia su equipo de seguridad, preguntándose cómo fue posible que alguien se acercara a ese grado. Pero también hubo quienes señalaron que la pregunta no debía centrarse en su reacción, sino en el gesto mismo: la invasión de su cuerpo sin consentimiento, en pleno espacio público.
Hasta el momento, ni la Secretaría de las Mujeres de la Ciudad de México ni la Presidencia de la República han emitido un posicionamiento sobre el incidente. Tampoco se ha informado si el hombre fue detenido o puesto a disposición de alguna autoridad.
¿Qué dice la ley sobre el acoso y el abuso sexual?
El Código Penal de la Ciudad de México establece en su artículo 176 que realizar un acto de carácter sexual sin consentimiento, aun cuando no exista violencia ni intención de llegar a la cópula, constituye abuso sexual y puede sancionarse con uno a seis años de prisión. La clave aquí no es la fuerza, sino la falta de consentimiento.
A nivel federal, el Código Penal Federal, en su artículo 260, también tipifica el hostigamiento y abuso sexual como cualquier acto sexual realizado sin consentimiento, incluyendo tocamientos, manoseos o conductas con connotación sexual que obliguen a la víctima a participar o presenciarlos. Este delito se castiga con penas de seis a diez años de prisión y hasta doscientos días multa.
De acuerdo con ONU Mujeres, el acoso sexual es cualquier comportamiento de índole sexual no solicitado que provoque incomodidad, humillación o un ambiente hostil. No tiene que ser reiterado: un solo acto inequívocamente no deseado basta para considerarlo acoso.
¿Cuál es el panorama de violencia sexual en México?
El incidente ocurre en un país donde la violencia sexual es la segunda forma de agresión más frecuente contra las mujeres, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH 2021) del INEGI.
El 49.7% de las mujeres de 15 años y más ha vivido alguna situación de violencia sexual a lo largo de su vida. En los espacios públicos (calles, parques o transporte) la cifra alcanza el 45.6%. Solo entre octubre de 2020 y octubre de 2021, casi una de cada cuatro mujeres (23.3%) sufrió violencia sexual.
Más del 70% de las mujeres violentadas reporta que el acoso ocurrió en la vía pública, lo que evidencia hasta qué punto esta forma de agresión se ha normalizado en la vida cotidiana.

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