Contexto
Primero lo primero. La reciente aprobación de la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Seguridad Pública, conocida como Ley Espía, levantó alertas de posibles violaciones a los derechos humanos.
Esta ley aprobada por el Congreso del país forma parte de un amplio paquete legislativo, que incluye reformas a la Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a la Ley General de Población y a la Ley General en Materia de Desaparición Forzada; la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión y la Ley de la Guardia Nacional. Te explicamos.
Con estos cambios, órganos y agencias del Estado pueden acceder a datos como información biométrica, médica, fiscal, bancaria, telefónica, vehicular, huellas dactilares o la CURP biométrica.
Ante su aprobación, distintas organizaciones advirtieron que de manera conjunta, este paquete legislativo se lee como la consolidación de un sistema de vigilancia masiva. ¿Por qué? Entrevistamos a Francia Pietrasanta, abogada en temas de tecnología y datos en la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), para que nos explique punto por punto los cambios que traerá esta reforma y cómo nos afecta.
¿Qué se aprobó?
La Ley General del Sistema Nacional de Seguridad Pública y la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia en Materia de Seguridad Pública fue aprobada hace unos días por la Cámara de Diputados y el Senado de la República.
Estas leyes permiten la interconexión de bases de datos nacionales e internacionales, públicas y privadas, y permitirán que dependencias del Estado como la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) y la Guardia Nacional tengan la facultad de consultar y acceder a datos personales.
¿Cómo? En el artículo 183 se menciona que los concesionarios de telecomunicaciones colaborarán con las instancias de seguridad, procuración y administración de justicia en la localización geográfica de los equipos telefónicos.
Tanto el Artículo 16 Constitucional como el Código Nacional de Procedimientos Penales establecen la necesidad de una orden judicial para solicitar la localización de una línea en tiempo real, una disposición que ha sido confirmada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Lo que ha despertado alerta entre las organizaciones civiles es que ahora estas facultades serán extendidas a las Fuerzas Armadas y la posible intervención de jueces afines a Morena.
¿Por qué causa polémica?
México tiene un largo historial de adquisición de herramientas para poder vigilar a opositores políticos, activistas, a periodistas y demás, como el uso del software de espionaje, Pegasus. La aprobación de este paquete de reformas pone en riesgo la información de quienes ejercen su derecho a la ciudadanía, en la vida pública y política.
“Esto sí crea un terreno propicio para vigilancia masiva y para que en el momento en el que tú llegues a ser un blanco del gobierno, utilicen esta tecnología y toda esta infraestructura que van a tener a su favor para amenazar tu libertad de expresión o para amenazar tu privacidad”.
Para la especialista, esto desencadena un efecto inhibidor, en el que la censura va por delante, en el que la protesta, la libertad de expresión, y otros derechos puedan condicionarse, pues el Estado tendría la facultad de evaluar quién es apto para recibir un servicio público, acceder a programas sociales, programas de vivienda, apoyo económico, seguro social o simplemente para evitar ser perseguido por el Estado.
¿Qué incluirá la nueva CURP biométrica?
Esta ley también establece la incorporación de la CURP biométrica con la línea telefónica que se adquiera. “Esta disposición de enlazar una CURP biométrica con una línea telefónica es una de las cuestiones que está reemplazando aquel registro obligatorio de usuarios de telefonía que inicialmente se estaba proponiendo”.
Además, incorpora a “instancias de inteligencia” la facultad de acceder a esos datos.
“De manera aislada, la Ley de Telecomunicaciones puede no sonar tan problemática pero junto a la Ley de Inteligencia, el panorama puede agravarse, pues esta tiene la obligación de compartir estos datos con las autoridades y entonces surgen preocupaciones sobre el riesgo de abusos, las capacidades que tendrían estas autoridades de mantener los datos seguros”.
La CURP biométrica, con carácter de documento obligatorio, incluirá: nombres y apellidos, fecha de nacimiento, sexo o género, nacionalidad, entidad de nacimiento, huella dactilar y foto de la persona.
“A través de la CURP biométrica se van a poder hacer rastreos en tiempo real de los movimientos de las personas”, dice la especialista, esto incluye desde compras de servicios hasta trámites burocráticos.
De esta manera, el Estado tendrá la autorización de rastrear los movimientos de la ciudadanía bajo la justificación de seguridad pública o para crear productos de inteligencia, no sólo de quienes están siendo investigados por medio de una investigación delictiva.
“Todos estos datos se consolidarán en algo que van a llamar la Plataforma Central de Inteligencia, que está previsto en la Ley de inteligencia justamente”.
¿Qué tiene que ver con las Fuerzas Armadas?
El artículo 29 de las reformas de materia de Guardia Nacional, en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, otorga la facultad al Ejército de usar y procesar información para fines de inteligencia sin autorización previa. Esta es una nueva facultad para la Secretaría de Defensa Nacional (Sedena) y autoridades militares.
¿Cómo me afecta?
La implementación de este paquete de reformas no solo afecta a las personas vinculadas con carpetas de investigación, afecta directamente a la ciudadanía, especialmente y de manera diferenciada a grupos vulnerables como miembros de la comunidad LGBTQ+, grupos indígenas, personas activistas, periodistas y mujeres en general.
La consolidación de la Plataforma Central de Inteligencia implica procesar los datos públicos como privados, a través de Inteligencia Artificial (IA), así como información sensible que se revelaría a partir de que se compartan datos de telecomunicaciones, así como características físicas.
“La Inteligencia Artificial (IA ) tiene sesgos y estos sesgos son siempre generados en contra de personas que pertenecen a poblaciones vulnerables, como mujeres, como personas de la comunidad LGBTQ+, personas de tez morena, con discapacidad o personas de la tercera edad. (...) Que se usen estos datos para poder evaluar si somos personas adecuadas para acceder a estos derechos básicos, es muy problemático”.
¿Cómo puedo proteger mis datos?
Para Francia Pietrasanta, saber si el Estado está utilizando los datos de la ciudadanía es ambiguo y complicado. “Por eso insistimos mucho desde R3D en que se incluyeran salvaguardas, controles, limitaciones para el acceso a estos datos, que se incluyera una autorización judicial obligatoria para poder acceder a estos datos. (...) Prevenir un delito implica que no exista una carpeta de investigación abierta en contra de la persona a cuyos datos estén accediendo”.
Se debe insistir en la posibilidad de que la persona sea notificada de que sus datos han sido rastreados, revisados y monitoreados, así como exigir se comuniquen las razones por las cuales se está accediendo a esta información, sin embargo, las leyes no fueron aprobadas en esos términos.
¿Qué hacer ante este panorama? Pietrasanta recomienda presentar amparos una vez promulgadas las leyes, así como solicitudes de acceso, rectificación, cancelación, y oposición de datos personales para poder saber exactamente cuáles son los datos que el Estado tiene a su disposición.