El Senado de la República aprobó por unanimidad —97 votos a favor— una reforma que redefine el delito de abuso sexual, eleva las penas y armoniza 17 leyes federales para incorporar un enfoque transversal de igualdad y perspectiva de género. El dictamen avanza en paralelo a la agenda presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum y la secretaria de las Mujeres, Citlalli Hernández, el pasado 25 de noviembre, cuando el Gobierno federal delineó los primeros trazos de un plan integral para enfrentar la violencia sexual.
Durante la conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, Sheinbaum y Hernández presentaron los avances iniciales del Plan Integral contra el Abuso Sexual. En esa ocasión, Citlalli Hernández detalló la propuesta de reforma al artículo 260 del Código Penal Federal, cuyo texto vigente definía el abuso sexual como actos “sin propósito de llegar a la cópula” y sin consentimiento.
La nueva reforma coloca el consentimiento en el centro, amplía el alcance del delito e incorpora conductas actualmente no tipificadas, como obligar a la víctima a exhibir su cuerpo o a presenciar un acto sexual. También establece con precisión qué constituye un acto sexual: tocamientos, caricias, roces, exhibiciones o representaciones explícitas.
Otro punto clave es la definición de los escenarios en los que no puede existir consentimiento: cuando la voluntad está anulada por violencia, intimidación, engaño, amenaza, abuso de confianza o autoridad, o cuando la víctima se encuentra en una situación de vulnerabilidad. Además, la iniciativa obliga a las autoridades a investigar estos casos aun sin denuncia, con el fin de eliminar barreras que suelen inhibir a las víctimas, como el miedo, el estigma o la dependencia económica del agresor.
El Senado también aprobó aumentar la penalidad del delito a un rango de tres a siete años de prisión, además de multas de 200 a 500 UMA. El dictamen precisa que comete abuso sexual quien, sin consentimiento, realice tocamientos, roces, caricias, obligue a observar un acto sexual o a mostrar el cuerpo, tanto en espacios públicos como privados. La pena puede elevarse hasta nueve años cuando concurren agravantes.
Entre las circunstancias agravantes se encuentran:
- El uso de violencia física, psicológica o moral.
- La participación de dos o más personas.
- Que el hecho ocurra en lugares solitarios.
- Que el agresor sea una figura de autoridad o confianza (maestros, médicos, jefes, líderes religiosos).
- Que la víctima esté dormida, bajo los efectos de sustancias o imposibilitada para defenderse.
- Que exista una relación de custodia, tutela o cuidado.
- Que la persona agresora sea servidora pública o profesionista y se aproveche de su cargo.
- Que el delito se cometa por motivos de orientación sexual, identidad o expresión de género.
La reforma contempla sanciones adicionales, como la asistencia obligatoria a talleres reeducativos con perspectiva de género y la posibilidad de imponer servicio social en instituciones públicas.
Al presentar el dictamen, la senadora Martha Lucía Micher (Morena) subrayó que la violencia contra las mujeres es un fenómeno estructural y que las reformas buscan integrar enfoques de igualdad sustantiva, no discriminación, derechos humanos y debida diligencia reforzada. A su vez, la senadora panista María de Jesús Marmolejo destacó que el paquete legislativo consolida la Secretaría de las Mujeres como institución de alcance ministerial, encargada de coordinar políticas nacionales, impulsar fiscalías especializadas y declarar alertas por violencia de género.
Además del delito de abuso sexual, el Senado aprobó un dictamen transversal que armoniza 17 leyes federales y generales como parte de la implementación de la Secretaría de las Mujeres, creada en 2024. Entre los cambios más relevantes está la reorganización del Sistema Nacional para la Igualdad Sustantiva, que contará con un pleno encabezado por Citlalli Hernández e integrado por todas las Secretarías de Estado, así como por titulares del IMSS, ISSSTE, DIF y las 32 gubernaturas.
El objetivo, según el dictamen, es fortalecer la coordinación nacional, asegurar que la perspectiva de género atraviese toda la administración pública y establecer obligaciones reforzadas de protección para mujeres, niñas y adolescentes.
Pese a los avances, organizaciones como Equis Justicia para las Mujeres advierten que las reformas penales, por sí mismas, no desmantelan la impunidad estructural en delitos sexuales. Señalan que los principales obstáculos aparecen desde el primer contacto de las víctimas con el sistema: revictimizaciones durante la denuncia, falta de peritos capacitados, carpetas mal integradas y prácticas institucionales que desalientan continuar el proceso.
Para estas organizaciones, la efectividad real dependerá de su aplicación cotidiana: presupuesto suficiente, personal especializado, protocolos claros y mecanismos de seguimiento robustos. De lo contrario, alertan, existe el riesgo de que las modificaciones legales permanezcan en el papel y no transformen un escenario donde la mayoría de los delitos sexuales no se investigan ni se procesan de manera efectiva.

Por: 


