Desde hace varios años, México tiene pendiente adoptar el Convenio 156 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), uno de los tratados clave en materia de igualdad de género. Por eso es que esta semana, el Senado de la República realizó un foro para urgir al gobierno federal a que ratifique este Convenio.
Dicho foro se tituló “Medidas para alcanzar la conciliación laboral con las responsabilidades familiares del Convenio 156 de la OIT” y se realizó el pasado 19 de marzo.
¿Y de qué va el Convenio 156? Se trata de un instrumento internacional que busca promover la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadoras y trabajadores con responsabilidades familiares.
Fue creado por la OIT en 1981 con el propósito de establecer medidas que garanticen que las personas con responsabilidades familiares, especialmente las mujeres, puedan conciliar su vida laboral con sus labores del hogar y cuidado, sin ser objeto de discriminación en el ámbito laboral.
Así, el Convenio 156 reconoce la importancia de proteger los derechos de las personas trabajadoras que tienen obligaciones familiares, como el cuidado de hijas, hijos, personas mayores o enfermas.
Países como Argentina, Bolivia, Chile, Ecuador, Perú y Uruguay ya lo han adoptado.
Una de las medidas principales para lograrlo en México, por ejemplo, es la creación del Sistema Nacional de Cuidados (SNC), una iniciativa que sigue en espera desde 2020 de ser discutida por las y los legisladores.
De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre el Uso del Tiempo (ENUT) de 2019, las mujeres destinan 67% de su tiempo al trabajo de cuidados no remunerados de personas dependientes, como hijas, hijos, personas con discapacidad, y personas mayores. En contraste, los hombres solo destinan 33% del tiempo para esta labor. Esta es una estadística que demuestra la urgencia de realizar acciones desde el Estado que garanticen cuidado a quien nos cuida.
La senadora de Movimiento Ciudadano, Patricia Mercado, quien convocó a este evento, compartió en entrevista con La Cadera de Eva tres acciones clave que pueden garantizar la igualdad de oportunidades y de trato entre trabajadores y trabajadoras con responsabilidades familiares.
1. Flexibilidad en los horarios laborales
La senadora Patricia Mercado refiere que las y los trabajadores que tienen responsabilidades de cuidado prefieren horarios laborales flexibles, por ello, la senadora apunta que esta es una necesidad que se debe contemplar indispensablemente, ya que las personas con estas responsabilidades reportan una desventaja cuando requieren solicitar permisos de ausencia laboral.
“Muchas mujeres al cumplir un año de trabajo ya no tienen posibilidad de pedir vacaciones porque se le fueron en permisos para ir a la escuela de sus hijas o hijos, o por asuntos de salud, como citas médicas de quien se encuentra a su cuidado”, explica la senadora Patricia Mercado.
Además de beneficiar a las y los empleados, la flexibilidad de horarios también puede ser ventajosa para los empleadores, ya que contribuye a aumentar la satisfacción laboral, la productividad y la retención del talento en los centros de trabajo.
2. Servicios de cuidado infantil
La disponibilidad de servicios de cuidado infantil de calidad es fundamental para permitir que las madres y padres puedan dedicarse a sus actividades laborales con tranquilidad, sabiendo que sus hijas e hijos están en un entorno seguro y adecuadamente atendidos.
Estos servicios no solo contribuyen a aliviar la carga de responsabilidades familiares de las personas trabajadoras, sino que también promueven la igualdad de género al permitir que las mujeres participen plenamente en el mercado laboral sin tener que renunciar a su carrera profesional debido a las responsabilidades familiares, situación que se presenta con frecuencia.
La senadora Patricia Mercado comparte que incluso hay mujeres que se ven obligadas a aceptar ‘favores sexuales’ a cambio de obtener permisos para poder cuidar de sus hijas e hijos: “Hace dos años trabajadoras migrantes en campos de cultivo me compartieron que los capataces solían pedirles favores sexuales, entonces, a las que aceptaban, les quitaban responsabilidades y se las pasaban a quienes se negaban”.
3. Derecho a licencias por maternidad y paternidad
Las licencias por maternidad suelen ser de mayor duración que las licencias por paternidad, una medida está justificada en el tiempo de recuperación física de la madre, sin embargo, es importante resaltar que durante ese período ella no se cuida sola, y tampoco la persona recién nacida. La presencia de las figuras paternas en igual medida es fundamental para garantizar la equidad de cuidados y de ‘cuidar a las que nos cuidan’.
La garantía de licencias por maternidad y paternidad remuneradas y protegidas por ley es fundamental para promover la equidad de género. Además, estas licencias contribuyen al bienestar familiar, al permitir que los padres puedan dedicar tiempo de calidad a sus hijos durante los primeros meses de vida, lo que tiene beneficios significativos para el desarrollo infantil y el equilibrio entre la vida laboral y personal de los trabajadores.
Por ello, la senadora Patricia Mercado señala que, si bien ahora no será posible seguir avanzando en la ratificación del Convenio 156 por los períodos electorales, es crucial para la siguiente administración darle seguimiento al cumplimiento de estas medidas, lo cual incluye la implementación del Sistema Nacional de Cuidados (SNC), una deuda pendiente con miles de mujeres en todo México.