El 13º informe del Observatorio Electoral Judicial (OEJ) nos permite conocer sobre una serie de irregularidades en la primera elección judicial organizada en México, en lo que respecta a los gastos en publicidad pagada en redes sociales.
A pesar de que la legislación electoral prohibió expresamente a las personas juzgadoras contratar anuncios en plataformas digitales, directamente o por medio de terceros, el OEJ detectó cientos de campañas pagadas promoviendo candidaturas judiciales. En este artículo presentamos algunos de los hallazgos de dicho informe.
El OEJ analizó anuncios en Facebook, Instagram, Messenger y Threads, así como las páginas desde las que fueron publicados. En su revisión, identificó 1,951 anuncios activos hasta un día antes del cierre de campañas (27 de mayo), que promovieron 394 candidaturas distintas, con un gasto total que supera los 3 millones de pesos.
Los Lineamientos para la Fiscalización de los Procesos Electorales del Poder Judicial, Federal y Locales, establecidos por el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE), en sus artículos 24 y 30, señala que las candidaturas no pueden tener financiamiento público ni privado, por lo que tendrán que valerse de sus propios recursos para cubrir los gastos que realicen para promocionarse.
El incumplimiento de estas disposiciones, de acuerdo con el artículo 456, numeral 1, inciso C de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE), puede derivar en la pérdida de la candidatura.
Además, se fijaron cuatro distintos topes de gastos en función del tipo de elección, de acuerdo con las características y peculiaridades del presente proceso electoral extraordinario, como se muestra a continuación:

¿Quién pagó los anuncios?
Una parte del análisis del OEJ se centró en rastrear el origen de los anuncios, y encontraron que muchos fueron pagados desde páginas nuevas, creadas exclusivamente para promocionar a una candidatura y eliminadas después, o por agencias de publicidad sin vínculo explícito con las personas postuladas, y ligadas a sitios web que fueron creados en el mismo día.
De acuerdo con el OEJ, solo en 10 casos el nombre de la página que pagó los anuncios coincidía con el de la persona candidata, lo cual refuerza la opacidad del resto de los gastos detectados.
Además, el tope de gastos de campaña para quienes aspiraban a una posición en la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fue de poco más de 1.4 millones de pesos. En el caso de la ministra Loretta Ortiz, se estima que solo en publicidad en redes sociales se gastaron cerca de medio millón de pesos.
¿Eso significa que destinó un tercio del presupuesto permitido únicamente a anuncios digitales? Lo que entonces abre la interrogante sobre cómo se financiaron giras, materiales impresos y otras actividades de campaña, y si fue cubierta con aportaciones externas. En cualquiera de los casos, la ley lo prohíbe.
Del reporte del OEJ, también destaca que una de las cuentas de Facebook que publicitó a la ministra Ortiz, fue la famosa página Badabun, y cuyos anuncios fueron videos en los que se aprecia una producción más profesional.
La situación se repite con la ministra Yasmín Esquivel Mossa, en donde se identificaron más de 390 anuncios a su favor, y que generaron más de 60 mil millones de impresiones entre febrero y mayo de 2025. Algo curioso que encontró el análisis de OEJ, es que las páginas que pagaron por estos anuncios publicidad, proporcionaron números telefónicos con lada 81, que corresponde a Monterrey.
El monto gastado en publicidad en redes sociales para los anuncios que promocionaron la candidatura de Esquivel fue de entre 297 mil 500 y 390 mil 791 pesos.

¿A quién benefició más esta práctica?
Las candidaturas a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) fueron las que concentraron el mayor gasto en publicidad digital. En particular, los nombres de Loretta Ortiz Ahlf, Yasmín Esquivel Mossa y Giovanni Azael Figueroa Mejía fueron las candidaturas en las que más dinero concentraron estas campañas. Estas tres personas ya recibieron su constancia de mayoría, por lo que, salvo una impugnación formal, formarán parte de la “nueva” SCJN que iniciará funciones el 1 de septiembre.
Además de contravenir la LGIPE, estas prácticas vulneran el principio de equidad en la contienda. En un proceso electoral sin precedentes, en el que muchas personas votantes no conocían a las y los aspirantes, la exposición a anuncios en redes pudo influir directamente en su decisión. El informe del OEJ sugiere que esta sobreexposición favoreció a ciertas candidaturas.
A esto se suman las anomalías documentadas durante la jornada electoral del 1 de junio, y que el mismo INE reconoció, como la distribución de acordeones para guíar el voto, casillas con votos que no coincidían con los electores registrados en la lista nominal, boletas sin doblar, y más. Aún así, y aunque los Consejeros del INE discutieron estas irregularidades, el INE validó la elección judicial. En cuanto la cuestión de la pauta en redes sociales, será responsabilidad del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) analizar, y en su caso, emitir una sentencia.
El informe del OEJ solo confirma lo que ya se venía advirtiendo desde antes de que se aprobara la reforma al Poder Judicial: lo que debía ser un ejercicio democrático para mejorar el acceso y la impartición de la justicia, ha dejado en evidencia que aún hay mucho por corregir para poder garantizar un proceso legítimo, por lo que ahora resulta más incongruente que nunca que el poder hegemónico siga sosteniendo que esto es lo “decidió el pueblo” de México.