El acceso a la justicia para las mujeres lesbianas, bisexuales y trans (LBT) en México enfrenta una barrera fundamental: la alarmante invisibilidad institucional debido a la persistente falta de recopilación y desagregación de datos por parte de las autoridades judiciales.
Una de las cifras más preocupantes que ilustra esta situación es que, entre 2020 y mayo de 2025, solo se han abierto 187 carpetas de investigación por discriminación hacia mujeres lesbianas, bisexuales y trans, de acuerdo con el informe “Intersectando la discriminación contra las mujeres en México en distintos ámbitos”.
La investigación revela que sólo nueve de 32 fiscalías estatales reportan información desagregada sobre casos de discriminación contra mujeres LBT: Baja California, Baja California Sur, Chihuahua, Jalisco, Michoacán, Oaxaca, Puebla, Sinaloa y Tabasco. De los casos registrados, 106 corresponden a mujeres lesbianas, 26 a mujeres bisexuales y 55 a mujeres trans.
En entrevista para La Cadera de Eva, Jessica Gómez, oficial de proyectos en el área legal de EQUIS Justicia para las mujeres, señala que esta situación genera un subregistro institucional alarmante que impide a las instituciones reconocer, documentar y actuar eficazmente frente a las violencias específicas que enfrentan estas mujeres.
De acuerdo con información que obtuvieron a través de solicitudes de transparencia de 32 poderes judiciales del país,15 declararon no contar con información desagregada sobre mujeres LBT.
Este diagnóstico realizado por las organizaciones Intersecta, EQUIS Justicia para las Mujeres y Oxfam México y entregado al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) destaca que la orientación sexual es invisibilizada como categoría relevante en el análisis judicial, y los tribunales no emplean enfoques de diversidad sexual para valorar las relaciones diversas.
Las razones van desde la inexistencia de indicadores o filtros de búsqueda en sus sistemas estadísticos, hasta la falta de capacidades institucionales o la justificación de que dicha información no está contemplada en sus normativas internas.
Otros cinco poderes judiciales (Colima, Durango, Estado de México, Sonora y Veracruz) argumentaron que los datos solicitados eran información personal sensible, lo que Jessica Gutierrez señala como una interpretación restrictiva que constituye una forma de violencia institucional.
¿Por qué el sistema de justicia invisibiliza a mujeres lesbianas, bisexuales y trans?
En México, la estimación del número de mujeres LBT es un reto, la Encuesta Nacional sobre Discriminación estima alrededor de 5 millones de personas LGBT, pero no desglosa específicamente cuántas son mujeres trans o bisexuales, y solo da una cifra aproximada del 10% para mujeres lesbianas.
Jessica Gómez señala que, aunque México es uno de los países con mayores niveles de violencia hacia personas LGBT+ —seis de cada diez han enfrentado discriminación y más de la mitad ha sufrido agresiones físicas o ataques de odio, según la Comisión Nacional de los Derechos Humanos—, persiste una fragmentación legislativa y una falta de armonización normativa que provoca profundas desigualdades en el acceso a derechos fundamentales.
Foto: Cuartoscuro
Un ejemplo claro son los múltiples obstáculos para el ejercicio pleno de la identidad de género para las personas trans; a marzo de 2025, diez entidades federativas carecían de un procedimiento administrativo sencillo y accesible para el reconocimiento de la identidad de género autopercibida. Además, solo algunos estados como Baja California Sur han avanzado en legislaciones para infancias trans.
Otro desafío que identifica la experta es la ausencia de una perspectiva de orientación sexual, identidad y expresión de género en el análisis judicial. Muchas resoluciones carecen de un examen crítico del uso de estereotipos por parte de testigos o incluso de los propios juzgadores, lo que agrava la discriminación.
¿Cuáles son las consecuencias de esta invisibilización?
La principal consecuencia de esta situación es un subregistro institucional alarmante. Para garantizar una vida libre de violencia y discriminación, las instituciones deben ser capaces de reconocer, documentar y actuar frente a las violencias específicas que enfrentan las mujeres LBT.
Jessica Gómez destaca que el Poder Judicial sí está obligado a reunir y desagregar información sobre orientación sexual e identidad de género bajo el principio de igualdad y no discriminación: la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados permite la recopilación de datos personales sensibles cuando sea para garantizar el reconocimiento o la defensa de derechos.
Foto: Cuartoscuro
Además, organismos internacionales como la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos y el propio Comité de la CEDAW han subrayado la obligación de los estados de adoptar medidas para eliminar todas las formas de discriminación, incluyendo las basadas en orientación sexual e identidad de género.
El informe también señala que los sistemas de búsqueda de casos judiciales carecen de filtros para identificar asuntos que involucran a mujeres LBT, limitando la transparencia y el monitoreo judicial.
También existe una ausencia de criterios estandarizados y protocolos especializados vinculantes entre las ramas judiciales federal y local para el manejo de casos que involucran a mujeres LBT, aumentando el riesgo de fallos discriminatorios y revictimizantes.
Preocupaciones ante las elecciones judiciales
La reciente reforma constitucional que introdujo elecciones populares para cargos judiciales en México ha generado una gran preocupación en EQUIS Justicia para las Mujeres.
Jessica Gómez señala que la reforma no garantizó que llegaran los perfiles más idóneos en cuanto a derechos humanos, género y diversidad, y no se sabe si las personas elegidas poseen estos conocimientos, pues el mecanismo de selección no incluyó metodologías para identificar la participación de personas de la diversidad sexual ni se tomaron medidas especiales de carácter temporal para garantizar su representación.
Solo ocho poderes judiciales registraron datos más allá del sexo, lo que impide saber cuántas personas LGBT participaron o integrarán el poder judicial. Esta falta de equilibrio de género y diversidad limita la variedad de perspectivas en las decisiones judiciales, arriesgando fallos que ignoren los contextos culturales, sociales y económicos de las personas, y socavando la imparcialidad y eficacia del sistema.
Recomendaciones clave para el Estado mexicano
EQUIS Justicia para las Mujeres espera que el Comité de la CEDAW emita recomendaciones contundentes al Estado mexicano basadas en este diagnóstico. Entre las principales recomendaciones se encuentran:
- Modificar las leyes orgánicas de los poderes judiciales (estatales y federal) para establecer la obligación expresa de recopilar, desagregar y analizar datos según variables de orientación sexual e identidad de género, con un enfoque de derechos humanos y alta protección de datos personales.
- Modificar la normativa de transparencia y acceso a la información pública para establecer la obligación de los poderes judiciales de brindar acceso a esta información con un enfoque estadístico basado en derechos humanos.
- Unificar o elaborar protocolos especializados y vinculantes a nivel nacional para la atención de casos de mujeres LBT en el Poder Judicial.
- Para futuras elecciones, implementar mecanismos de designación que evalúen exhaustivamente los perfiles de los candidatos, considerando su trayectoria en la defensa de derechos humanos y asegurando transparencia y participación ciudadana.
- Desarrollar medidas especiales de carácter temporal (acciones afirmativas) para asegurar la representación de todas las poblaciones, incluyendo la diversidad de mujeres en todos los niveles del poder judicial, y fomentar un entorno judicial más inclusivo y equitativo.
EQUIS Justicia para las mujeres continúa elaborando el informe final sobre el acceso a la justicia de las mujeres LBT y espera compartirlo en los próximos meses, buscando visibilizar aún más esta problemática.