Desde el 9 de enero de 2026, en México comenzó el registro obligatorio de líneas telefónicas móviles: cada número celular deberá quedar vinculado a una persona identificable.
El gobierno federal sostiene que la medida busca combatir delitos como la extorsión y el fraude; organizaciones civiles, en cambio, han advertido sobre riesgos para la privacidad y los derechos digitales.
Aquí te explicamos qué implica este registro, cómo hacerlo y qué pasa si no cumples.
¿Qué es el registro de líneas y cómo surgió?
El registro obligatorio deriva de la reforma a la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada en junio de 2025 y publicada el 16 de julio de ese año. Con este cambio legal, el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) fue eliminado y en su lugar se creó la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT), un nuevo órgano dependiente de la Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones.
La reforma estableció como objetivo central eliminar el anonimato en las líneas telefónicas, especialmente en los esquemas de prepago. De acuerdo con los lineamientos publicados en el Diario Oficial de la Federación (DOF), todas las líneas móviles —tanto SIM físicas como eSIM— deben quedar vinculadas a un usuario plenamente identificado.
El objetivo, según la reforma publicada, es eliminar el uso anónimo de líneas celulares, que se considera un factor que facilita delitos como extorsión, fraude y amenazas telefónicas.
¿Qué establece la ley y cuáles son sus alcances?
La Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión establece que las empresas operadoras solo pueden activar y mantener líneas que estén asociadas a usuarios finales identificables. Esto implica que cada número debe estar vinculado a una persona física o moral con datos válidos.
En términos generales, la ley exige:
- Para personas físicas, una identificación oficial vigente que contenga la CURP.
- Para personas morales, el Registro Federal de Contribuyentes (RFC) y la razón social.
- Para personas extranjeras, nombre, país de origen y número de pasaporte.
- Los lineamientos también fijan un límite para evitar el acaparamiento de chips.
Cada persona física puede registrar hasta 10 líneas móviles vinculadas a su CURP. Una vez alcanzado ese tope, las operadoras tienen prohibido activar nuevos números, salvo que se justifique un cambio de régimen fiscal o una actividad empresarial.
En contraste, las personas morales y quienes cuentan con actividad empresarial no tienen un límite específico, siempre que el número de líneas esté debidamente justificado por su operación.
La legislación contempla un periodo de implementación que concluye el 30 de junio de 2026. A partir del 1 de julio, las líneas que no hayan sido registradas serán suspendidas: perderán acceso a llamadas y datos, y solo podrán comunicarse con servicios de emergencia, como el 911.
¿Qué documentos necesito para registrar mi línea?
El registro aplica para todas las líneas móviles en México, sin importar si son de prepago o pospago, ni si se trata de una SIM física o una eSIM.
En la práctica, las personas físicas deben presentar una identificación oficial vigente con fotografía —como INE o pasaporte— y una CURP certificada. En los trámites en línea, algunas compañías solicitan una “prueba de vida”, un breve proceso digital para verificar que quien realiza el registro coincide con los documentos proporcionados.
Las personas extranjeras pueden usar su pasaporte vigente acompañado de una CURP temporal. En el caso de empresas o personas morales, el registro se realiza con el RFC y la razón social.
Uno de los cambios más relevantes es el límite de líneas: cada persona física puede tener registradas hasta 10. En cambio, las personas morales o quienes tienen actividad empresarial pueden registrar más, siempre que acrediten la necesidad de esas líneas.
¿Cómo hacer el trámite?
El registro puede realizarse de dos maneras. La primera es en línea, a través de las plataformas digitales que las compañías telefónicas habilitaron en sus páginas web para este fin. Ahí se suben los documentos y se valida la identidad; si el proceso falla tras tres intentos, la persona usuaria deberá acudir de forma presencial.
La segunda opción es acudir directamente a un Centro de Atención a Clientes de tu compañía telefónica, en todas es así, con los documentos originales vigentes.
La fecha clave es el 30 de junio de 2026. Quienes no hayan registrado su línea antes de ese día enfrentarán la suspensión del servicio a partir del 1 de julio.
¿Existen riesgos con esta medida?
Para organizaciones como R3D: Red en Defensa de los Derechos Digitales, una organización mexicana que defiende los derechos humanos en el entorno digital, el problema no es solo el registro, sino el marco legal que lo acompaña. La organización ha advertido que, en combinación con la Ley del Sistema Nacional de Investigación e Inteligencia, este padrón podría facilitar el acceso a datos personales sin orden judicial, abriendo la puerta a prácticas de vigilancia masiva.
R3D también ha señalado que no existe evidencia concluyente de que este tipo de registros reduzcan la incidencia delictiva. Experiencias previas en México y otros países muestran que los grupos criminales suelen adaptarse rápidamente mediante el robo de celulares, la clonación de SIMs o el uso de identidades falsas, lo que termina afectando principalmente a usuarios comunes.
Otro foco de alerta es la seguridad de la información. Las bases de datos de telecomunicaciones, por su tamaño y valor, son objetivos frecuentes de la ciberdelincuencia. Una sola vulneración, advierten, podría exponer los datos de millones de personas.
Finalmente, la organización ha subrayado el impacto en poblaciones en situación de vulnerabilidad, en particular personas migrantes o en tránsito, que podrían quedar incomunicadas al no contar con la documentación exigida para registrar una línea.
¿Cuál es la postura del gobierno?
El gobierno federal ha insistido en que el registro no es un mecanismo de vigilancia, sino una herramienta de seguridad pública. La presidenta Claudia Sheinbaum ha señalado que el objetivo es frenar el uso anónimo de líneas telefónicas en delitos como la extorsión, el secuestro y el fraude.
Sheinbaum ha insistido especialmente en un punto: el Estado no concentra la base de datos. Según su explicación, la información personal permanece bajo resguardo de las empresas telefónicas y solo puede ser consultada por autoridades en el marco de una investigación formal, cuando ya existe una denuncia previa. En caso de una filtración, ha dicho, la responsabilidad recae directamente en las operadoras.
El gobierno también ha buscado diferenciar este esquema del fallido Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT), declarado inconstitucional en 2022. A diferencia de aquel modelo, argumenta el Ejecutivo, no existe una base única en manos del Estado ni se recaban datos biométricos.
¿Qué implica para las personas usuarias?
Mientras el debate legal y político continúa, el registro ya está en marcha y tiene consecuencias prácticas inmediatas. Para millones de personas, implica vincular su línea antes del 30 de junio de 2026 para evitar la suspensión del servicio.
A partir del 1 de julio, los números no registrados solo podrán realizar llamadas de emergencia, lo que en la práctica significa quedar incomunicadas para el trabajo, la escuela o la vida cotidiana.
En este contexto, especialistas recomiendan revisar cuántas líneas están a nombre de cada persona, verificar que los datos estén actualizados y, en el caso de personas migrantes o con documentación irregular, informarse directamente con las operadoras sobre las alternativas disponibles.
El registro de celulares marca así una nueva etapa en la relación entre tecnología, seguridad y derechos en México. Para el gobierno, es una herramienta contra el crimen; para organizaciones civiles, un riesgo latente de control y exclusión. Para las personas usuarias, por ahora, es una obligación que conviene atender a tiempo mientras el debate de fondo sigue abierto.

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