La liberación de Marianne "N" tras cinco meses en prisión por la agresión contra Valentina Gilabert, ha desatado un debate intenso en redes sociales y medios de comunicación, llevando a muchos a compararlo con el caso del influencer "Fofo" Márquez.

 Sin embargo, esta comparación ignora matices legales fundamentales y revela una preocupante narrativa mediática, especialmente cuando la agresora es una mujer.

Para entender por qué estas comparaciones son inapropiadas, es crucial analizar los procesos legales desde la perspectiva de expertas, como la abogada feminista Leslie Jiménez, quien señala que el caso de Marianne "N" debe comprenderse bajo el marco del Sistema de Justicia Penal para Adolescentes, un sistema distinto al que se aplica a los adultos. 

Aquí te damos cinco claves para entender las diferencias procesales que Leslie Jiménez ha señalado:

1. Marianne N. es adolescente

La primera y más importante distinción es la edad de Marianne "N", quien tenía 17 años al momento del ataque. Al ser menor de edad, se le aplicó el Sistema de Justicia Penal para Adolescentes, regulado por la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes.

Este sistema busca promover la reinserción social y reducir la reincidencia, a diferencia del sistema para adultos que persigue objetivos punitivos diferentes. En contraste, "Fofo" Márquez fue condenado bajo el sistema de justicia para adultos a 17 años de prisión.

Como parte de este sistema, Marianne "N" fue internada en un centro de reinserción social para menores de edad. Es fundamental destacar que, como menor de edad, su identidad debería haber sido protegida, un principio que los medios y usuarios en redes sociales no siempre respetaron.

En contraste, Rodolfo "Fofo" Márquez de 27 años, era un adulto al momento de su agresión, y por ende, fue juzgado bajo el sistema de justicia penal para adultos. 

Esto se evidencia en la sentencia de 17 años y seis meses de prisión que le fue impuesta por un juez en el Penal de Barrientos, así como en la solicitud de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México de una pena máxima de 46 años para él.

La diferencia de edad entre Marianne "N" y "Fofo" Márquez es la base de las distintas penas y tratamientos procesales que recibieron.

2. Fue vinculada por lesiones, no por tentativa de feminicidio

Aunque el ataque fue grave y Valentina Gilabert sufrió múltiples heridas que pusieron en peligro su vida, Marianne "N" fue declarada culpable por "lesiones calificadas que ponen en peligro la vida". Leslie Jiménez enfatiza que la Ley Nacional del Sistema Integral de Justicia Penal para Adolescentes no permite el internamiento por delitos en grado de tentativa, y el internamiento mismo es una medida excepcional.

A pesar de que la opinión pública pudo considerar que aplicaba la tentativa de feminicidio, el marco legal para adolescentes establece límites específicos.

Por el contrario, "Fofo" Márquez fue sentenciado por el delito de tentativa de feminicidio. La Fiscalía General de Justicia del Estado de México solicitó esta pena. A pesar de que su defensa pidió que se reclasificara el delito a lesiones agravadas, los elementos considerados para la tentativa de feminicidio incluyeron el género y la edad de la víctima, su complexión física, la intervención de terceros y el lugar de los hechos (vía pública).

La tentativa de feminicidio se define como el intento de asesinar a una mujer por razones de género, que no logra consumarse por motivos externos. Esta clasificación de delito permitió una pena mucho más severa y un proceso diferente para "Fofo" Márquez en comparación con el de Marianne "N.

3. Marianne no salió libre "porque sí"

Su liberación, ocurrida el 23 de julio de 2025, tras solo cinco meses en prisión, no fue producto de un "acuerdo reparatorio" o una "suspensión condicional". En su lugar, se llegó a un "procedimiento abreviado", un mecanismo legal que permite concluir el proceso sin la necesidad de un juicio completo.

Esto implicó una sentencia de dos años, ocho meses y dos días de internamiento, que, gracias a un acuerdo con la víctima, se convirtió en libertad asistida, dijo Didier Ayrton Marín Becerril, abogado de Valentina Gilabert, en entrevista para el programa Despierta.

El juez le otorgó la libertad bajo custodia con condiciones específicas que debe cumplir, como la prohibición de acercarse o contactar a Valentina Gilabert, supervisión periódica por autoridades judiciales y posible seguimiento psicológico o terapéutico. Si Marianne no cumple estas condiciones, podría ser internada nuevamente.

Aunque a "Fofo" Márquez también se le ofreció la opción de un "procedimiento abreviado", que consistía en declararse culpable por el delito de tentativa de feminicidio con una sentencia de 11 años y ocho meses, el influencer se negó a aceptar este procedimiento abreviado, lo que llevó a que el juicio continuara hasta que finalmente fue declarado culpable y sentenciado a 17 años y seis meses de prisión.

Esta negativa a cooperar con un procedimiento abreviado resultó en una condena mucho más larga y efectiva en prisión para él, a diferencia de la situación de libertad asistida que obtuvo Marianne "N".

4. La víctima tiene derecho a reparación económica

En el marco de este tipo de acuerdos, la víctima tiene derecho a recibir una reparación económica. Aunque el monto es desconocido, se presume que Marianne "N" fue sujeta al pago de una multa como reparación del daño. El abogado de Valentina Gilabert, Didier Ayrton Marín Becerril, señaló que este acuerdo evitó la revictimización que implica un proceso ordinario.

Valentina Gilabert misma confirmó la liberación como parte de un acuerdo y públicamente perdonó a Marianne "N", afirmando que "todo mundo se merece una segunda oportunidad en la vida" y que "eventualmente esto iba a suceder y fue el acuerdo al que se llegó".

Leslie Jiménez señala que aceptar una compensación económica no deslegitima el dolor de la víctima ni minimiza las secuelas físicas, emocionales y económicas que ha sufrido la violencia.

De manera similar, "Fofo" Márquez también fue obligado a pagar una reparación del daño a la víctima, ascendiendo a 277 mil pesos, además de una multa de 67 mil pesos. 

Esto demuestra que la reparación económica es un componente común en ambos sistemas de justicia –tanto el de adolescentes como el de adultos–, independientemente de la edad del agresor o la clasificación exacta del delito, buscando compensar a las víctimas por las secuelas físicas, emocionales y económicas sufridas.

5. Criticar esta decisión es revictimizante

La abogada Leslie Jiménez advierte que criticar la decisión legal puede ser revictimizante para la víctima y su familia. Es fundamental abordar este caso con sensibilidad y comprensión, considerando las complejidades legales y procesales.

Como te contamos en esta Editorial, la cobertura mediática ha sido marcadamente distinta a la de "Fofo" Márquez; mientras que la de él se centró en sus excesos, la de Marianne "N" ha estado repleta de espectacularización, infantilización y morbo, convirtiendo la violencia en contenido de entretenimiento.

Los comentarios en redes han girado en torno a la burla, los estereotipos de género, y el refuerzo del cliché de la rivalidad entre mujeres, presentando el ataque como una "pelea por un hombre", lo cual es una narrativa cargada de estereotipos de género y violencia mediática.

Este tratamiento no solo expone innecesariamente la vida privada de una menor de edad, sino que convierte la violencia en un espectáculo, en lugar de centrarse en el acceso a la justicia para la víctima y el debido proceso para la agresora.

Dejar de comparar el caso de Marianne "N" con el de "Fofo" Márquez es esencial para comprender la justicia penal para adolescentes y para promover un debate informado y respetuoso, que considere las necesidades y derechos de todas las partes involucradas, evitando la revictimización y la espectacularización de la violencia.