El próximo 28 de octubre se cumplen 12 años del feminicidio de Karla Pontigo, quien fue atacada en un bar de San Luis Potosí. A más de una década de su asesinato, su familia no ha logrado tener justicia y su caso ha estado llena de inconsistencias, pues las autoridades no investigaron con perspectiva de género su caso.
A tres meses de que se conmemore el asesinato de Karla, la organización Amnistía Internacional (AI) presentó un informe técnico al Juzgado Primero de Distrito en San Luis Potosí que aporta estándares de derechos humanos e internacionales para que sean considerados en su caso y su familia pueda acceder a un plan de reparación integral.
La Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD), que litiga el caso de Karla, interpuso un juicio de amparo por las deficiencias que presenta el Plan de Reparación del Daño que emitió La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) en el caso de la joven, de acuerdo Amnistía Internacional.
Entre los elementos de la reparación del daño que no considera la CEAV, la organización advierte que en dicho plan no se realizó un análisis amplio e integral de las secuelas psicológicas y físicas diagnosticadas en la madre y en los dos hermanos de Karla a causa del feminicidio de Karla.
Fallas en proceso de reparación del daño
Tampoco se consideró el peritaje presentado por las víctimas indirectas, lo que viola los estándares internacionales en el diseño y ejecución del Plan de Reparación Integral, por lo que exhortan a que el Plan de Reparación contemple la perspectiva de género en apego al Derecho Internacional de los Derechos Humanos y que las medidas de reparación contengan un transformador para modificar las desigualdades estructurales que permiten la violencia de género.
Amnistía Internacional, quien acompaña desde el 2016 a Esperanza Luciotto López, mamá de Karla en su búsqueda de verdad, justicia y reparación del daño, explica que el plan de reparación no contempló medidas amplias e integrales, como una disculpa pública para Karla y el resto de su familia.
Tampoco toma en cuenta medidas para que las autoridades del estado de San Luis Potosí se hagan responsables por las violaciones a los derechos humanos en contra de la madre y hermanos de Karla Pontigo y por las omisiones que realizaron durante la investigación.
Además, la organización señala que en el documento de CEAV se reducen las garantías de no repetición ni contempla acciones preventivas que aborden la causa de feminicidios. Por otro lado, denuncia las limitantes tareas que realizan para que casos como el de Karla no se vuelvan a pasar, por ejemplo, solo se contempló un curso de capacitación para personal ministerial que dio por cumplido, el cual es deficiente y no cumple con los estándares internacionales en materia de reparación.
Otra deficiencia fue en la creación del Plan Integral de Reparación del Daño porque la CEAV no facilitó la participación directa de las víctimas directas e indirectas del feminicidio de Karla, así como lo señala la Corte Penal Internacional, el cual indica que las víctimas deben estar involucradas en el proceso de justicia penal.
Cronología del caso Karla Pontigo
Karla del Carmen Pontigo era una estudiante de 22 años, que vivía con su madre, María Esperanza Lucciotto López, y sus dos hermanos, Fernando Zahid Lucciotto López y Pedro José Pontigo Lucciotto y trabajaba los fines de semana en la discoteca “Play” ubicada en la ciudad de San Luis Potosí.
Hace 12 años, durante la noche del 28 de octubre de 2012, uno de sus hermanos fue a buscarla a la discoteca, sin embargo, los guardias de seguridad no lo dejaban ingresar, por lo que tuvo que entrar a la fuerza, de acuerdo con Amnistía Internacional.
Cuando el hermano logró entrar, encontró a Karla en el suelo y gravemente herida, posteriormente fue trasladada al hospital donde murió en la madrugada del 29 de octubre debido a las graves lesiones que presentaba en su cuerpo.
Como en muchos otros casos, la investigación de la muerte de Karla presentó varias irregularidades por parte de la fiscalía general del estado de SLP. La organización internacional enumera cada una de las inconsistencias que existieron en el caso de la joven.
Entre ellas se encuentra: que no se protegió la escena del crimen, eso permitió que la escena fuera alterada; perdieron algunas de las pruebas que podrían haber establecido que Karla sufrió agresión sexual, además no tomaron fotografías de la escena del crimen y la entonces Procuraduría de San Luis Potosí llegó 38 horas tarde a la escena del crimen.
A la familia le negaron el acceso al expediente; no investigaron con perspectiva de género y no tomaron en cuenta las pruebas de acoso sexual presentadas por la madre de Karla. Además, el juez, que llevaba el caso, determinó que se trataba de un homicidio por culpa, es decir, que fue sin intención o fue un accidente.
Ante todas las violencias institucionales, la familia de Karla comenzó una lucha para exigir justicia y reparación del daño. Con el acompañamiento legal de la Fundación para la Justicia y Amnistía Internacional, lograron llevar el caso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 1 de julio de 2015.
Cuatro años después, el 13 de noviembre de 2019, la Corte sentenció que la muerte de Karla debía ser investigada con perspectiva de género (se abrió una carpeta como feminicidio), además de investigar y juzgar a las autoridades que negaron a la familia el derecho al debido proceso y al acceso a la verdad.
10 años después del feminicidio, el Juzgado Primero de Distrito en San Luis Potosí se pronunció por la existencia de conflicto de interés, por parte de la Fiscalía General del Estado de San Luis Potosí (FGESLP) en el caso de feminicidio de Karla.
Además, a través de un comunicado, en octubre de 2021, la Fiscalía General de la República (FGR) anunció que iban a retomar las investigaciones de este crimen. Sin embargo, hasta el momento se desconoce el avance en su investigación.