La Gaceta del Senado ha incluido en sus páginas una iniciativa de reforma que apela por la alternancia política de género en las gobernaturas, en otras palabras, propone que en 2024 los estados gobernados por hombres sean ahora gobernados por mujeres y viceversa. Esto a manera de que comience a producir una igualdad de representación en la política de nuestro país. 

A manera de conteo, en nuestro país gobiernan 8 mujeres (proximamente 9 con la incorporación del Estado de México con Delfina Gómez) y se desempeñan en los siguientes estados:

  • Aguascalientes, Tere Jiménez (PAN)
  • Quintana Roo, Mara Ledezma, (Morena)
  • Chihuahua, Maru Campos, (PAN)
  • Colima, Indira Vizcaíno, (Morena)
  • Marina del Pilar, Baja California, (Morena)
  • Layda Sansores, Colima, (Morena)
  • Evelyn Salgado, Guerrero, (Morena)
  • Lorena Cuéllar, Tlaxcala, (Morena)

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El resto de las 23 entidades son gobernadas por hombres, es decir, que de ser aprobada la reforma, en 2024 nuestro país contaría con 9 gobernadores y 23 gobernadoras. ¿Qué es lo que sigue para aprobar esta iniciativa de ley y quiénes la están impulsando?

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Alternancia política de género: ¿qué es y de dónde surge?

El día de ayer la Gaceta del Senado publicaría que 10 senadoras pertenecientes al PRI, PAN, PT, Movimiento Ciudadano, Morena, Partido Verde, Partido Encuentro Social y Grupo Plural se encuentran impulsando una iniciativa de reforma que, de acuerdo con el documento, propone las elecciones gubernamentales (sustitutas, interinas y previsionales) deberán ser alternadas entre hombres y mujeres, esto con el objetivo de hacer cumplir el artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos el cual establece lo siguiente:

"Todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en la constitución. Las autoridades en el ámbito de sus competencias se encuentran obligadas a velar por el respeto de los derechos humanos establecidos en la Constitución Federal"

¿Y de qué hablamos cuando nos referimos a "derechos humanos" en la Constitución? Hay cuatro principios que debes conocer: la interdependencia, la progresividad, la indivisibilidad y la universalidad, esta última acota que todas las personas son acreedoras a los mismos derechos y oportunidades sin importar el sexo, género, religión, etnia, lengua y lugar de origen. 

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Con esto sobre la mesa, se ha generado una iniciativa de reforma que responda a la universalidad que encontramos en la Constitución, y es que, este principio debe ser respetado por todo el Estado y por supuesto, esto incluye al Honorable Consejo de la Unión que debe acatar al pie de la letra los derechos humanos estipulados en las leyes mexicanas

¿Y esto qué quiere decir? De manera resumida, las senadoras se están amparando en el principio de la universalidad para demandar al Estado que las mujeres puedan comenzar a ser partícipes de la vida política con mayor incidencia y lograr la paridad en la toma de decisiones, pues de acuerdo con lo estipulado, las mujeres son garantes del derecho a la vida política de México.

Antes de entrar en contexto... 

Una anotación importante es entender que aprobar una reforma es todo un proceso que es sometido a votación por diferentes grupos parlamentarios. En el caso de esta iniciativa de reforma, podemos entenderla como el primer paso para consolidarse como una modificación real a las leyes. 

Primeramente, una iniciativa de reforma es una propuesta que puede ser aceptada o rechazada según el número de votos que logre en el Congreso de la Unión. Posteriormente se convierte de manera oficial en una reforma que consiste en la actualización o adición al marco normativo (leyes) y finalmente, es sometida de nueva cuenta a una votación en el Congreso de la Unión.

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Una vez aprobada por unanimidad -mayoría de votos- es publicada en el Diario Oficial de la Federación y consecuentemente, se harán las modificaciones correspondientes a las leyes federales, es decir, que entra en vigencia a nivel nacional. En el caso de esta iniciativa se está buscando una modificación al párrafo sexto de la fracción I del artículo 116 de la Constitución Política

¿Aún hay dudas? Acá te explicamos con un ejemplo conciso de qué se trata todo el mundo de las reformas y una manera sencilla de entenderlas. Sigue tu lectura con nuestro artículo "Grabar y difundir imágenes de víctimas de violencia: ¿será delito?" 

¿Por qué deberíamos de prestar atención a esta iniciativa?

De acuerdo con la iniciativa, este importante movimiento está apegado a la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), siendo esto uno de los argumentos más sólidos que tiene para avanzar hacia una reforma de ley. Algo que debes saber es que esta convención fue firmada por nuestro país en los años 80s y en resumidas cuentas, trata de una serie de leyes y compromisos que los países pactaron con el objetivo de erradicar la discriminación en razón de género. Entre sus mandatos encontramos el siguiente:

  • [El Estado] tiene por objeto lograr la igualdad de facto entre hombres y mujeres en el goce de sus derechos humas y las libertades fundamentales. Debe impulsar normas y leyes que se cumplan a cabalidad, de manera que no discriminen a las mujeres y se generen políticas eficaces

Además de este compromiso realizado por el Estado mexicano encontramos otro contenido en la Convención sobre los Derechos Políticos de la Mujer que, de manera puntual demanda el derecho de las mujeres al acceso a funciones públicas en condiciones de igualdad con los hombres. 

De acuerdo con la Gaceta del Senado, esta iniciativa de reforma promete que las normas y leyes sean cumplidas en paridad de género, pues desde hace 26 años en nuestro país han gobernado 166 hombres en diferentes entidades del país, mientras que se tiene registro de sólo 15 gobernadoras, siendo Puebla el único Estado donde han gobernado dos mujeres. Asimismo, 18 entidades jamás han sido gobernadas por una mujer, entre las que se encuentra Nuevo León, Querétaro, Durango, Jalisco y Michoacán.

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Con este antecedente, la iniciativa de reforma demanda que se implemente esta modificación a la ley para reconocer la igualdad sustantiva en las decisiones políticas de nuestro país.

"Para armonizar el principio de paridad y alcanzar una igualdad real de oportunidades en el goce y ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, se requiere incorporar un principio de alternancia de género a nivel constitucional en la renovación de las gubernaturas de los Estado" (Gaceta del Senado)

La alternancia política de género bien podría representar un hecho histórico que apela por la equidad, la paridad, un correcto ejercicio por los derechos humanos e incluso, comenzar a saldar una deuda patriarcal de exclusión política, sin embargo, ¿más mujeres representa un triunfo por la igualdad y una victoria para la agenda feminista?

Esta misma lectura la encontramos en el debate de las dos mujeres que se disputarán las elecciones presidenciales y es que, aunque la ocupación de Claudia Sheinbaum y Xóchitl Gálvez es un hito, esto no representa precisamente una buena noticia para el feminismo y la perspectiva de género... ¿o sí? Descúbrelo en nuestra investigación: Claudia Sheinbaum y Xóchilt Gálvez: mujeres en el poder ¿triunfo feminista?