El 11 de septiembre, después de más de 12 horas de discusión, la reforma al Poder Judicial fue aprobada en lo general y en lo particular con 86 votos a favor del partido Morena, Partido Verde Ecológico de México y Partido del Trabajo y 41 en contra del PAN y PRI.

Posteriormente, el presidente Andrés Manuel López Obrador firmó el domingo 15 de septiembre el decreto para la publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) de la reforma judicial, acompañado de la presidenta electa Claudia Sheinbaum.

Tras su aprobación y publicación en el DOF, ¿qué sigue después? La reforma puesta en vigor desde el día de ayer tendrá una serie de pasos que llevarán al país a tener un proceso electoral extraordinario en 2025, en el que se elegirán a cientos de jueces, magistrados y ministros a través del voto popular.

¿Qué sigue después?

Uno de los cambios más importantes fue la implementación de la elección popular para elegir a más de mil 600 cargos judiciales, desde magistrados del Tribunal Electoral Federal, magistrados de circuito y jueces de distrito hasta ministros de la Suprema Corte y consejeros del Consejo de la Judicatura Federal.

De acuerdo con los artículos transitorios, en 2024 se realizará una sesión del Instituto Nacional Electoral (INE), quien estará a cargo de las elecciones, para dar a conocer la preparación de la elección en 2025. Después de estos 30 días que se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Senado va a tener que emitir una convocatoria, es decir, definir todas las actividades y al comité técnico para la evaluación de las candidatas y candidatos, explica Leslie Jiménez Urzua, coordinadora de Proyectos de Impunidad Cero, en entrevista con La Cadera de Eva. 

Siguiendo ese camino se prevé que entre octubre y febrero estarán los plazos de postulación y elección de las personas que serán candidatas por los tres poderes de la unión, es decir, el Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial a nivel federal para los jueces federales, detalla Leslie Jiménez.

“Todavía falta ver cómo se va a implementar a nivel local, porque también tienen que hacer sus modificaciones, las constituciones locales en este periodo de alrededor de seis meses”, explica la abogada Jiménez. 

De acuerdo con Leslie Jiménez, será en el mes de febrero de 2025 que se tendrán las listas finales de las personas candidatas para los puestos de ministros, magistrados y jueces para después comenzar un proceso electoral hasta el mes de septiembre de ese mismo año. 

En 2025 se elegirían tanto a los ministros de la Suprema Corte, como los magistrados del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, del nuevo Órgano de Administración, también se votará por la mitad de magistrados de distrito y magistrados de circuito y en 2027 será la otra mitad.

Se debe poner atención en las leyes secundarias 

Melissa Ayala, coordinadora de litigio del Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE), en su colaboración con La Cadera de Eva, explica que se tienen que observar las leyes secundarias que se propongan desde los congresos. 

“Habrá que ver cómo van regulando la reforma los congresos locales y de la federación mediante las leyes secundarias, creo que aquí va a estar la batalla de buscar que se afecte de la menor forma a las personas”, señala Melissa. 

La coordinadora de Proyectos de Impunidad Cero coincide con Melisa en que ahora se debe prestar atención a las leyes secundarias: “Justo el tema de las leyes secundarias tienen que ser necesarias, no podemos sólo pensar que un proyecto electoral se va a llevar a cabo con acuerdos del INE”, subraya Jiménez.

Las leyes secundarias son como las letras chiquitas de los contratos, es decir, son normas que se crean para detallar una ley constitucional , es decir, estás leyes ayudarán a poner en práctica todo lo que dice la reforma, pero no pueden contradecir el texto constitucional.

Leslie pone un ejemplo en el que ella se postula para ser candidata para jueza, y la reforma dicta qué requisitos debe cumplir y las leyes secundarias son las que especifican las instrucciones específicas de los requerimientos. 

¿Habrá apelación por parte de la oposición? 

Por otro lado, aunque legalmente se tiene 30 días para presentar un amparo o acciones inconstitucionales después de la publicación en el Diario Oficial. Leslie Jiménez explica que en la misma reforma judicial afectó la ley de amparo por lo que ya no hay suspensión por vía amparo de las leyes generales, por lo que no tiene “sentido promoverla”. 

Sin embargo, por separado integrantes PAN y MC buscarán retroceder el proyecto a base de juicios de amparo y acciones de inconstitucionalidad. Por su parte, el PAN tenía previsto dos juicios de amparo y acciones de inconstitucionalidad, una vez publicada la reforma en el DOF. 

El argumento con el que se avalan es que sus derechos legislativos fueron vulnerados debido a las prisas con las que se votó el proyecto, por otro lado, el partido Movimiento Ciudadano también preparó un amparo con el respaldo de falta de quórum, porque de acuerdo a sus denuncias, diputados de los partidos de Morena, PVEM y PT, habrían abandonado sus lugares mientras se llevaba a cabo la discusión el 11 de septiembre. 

Foto: Cuartoscuro
Foto: Cuartoscuro

Finalmente, ante la entrada en vigor de la reforma, Leslie Jiménez hace un llamado a las y los abogados a negociar y a estar articulados y a los ciudadanos a entrar a la página del Diario Oficial de la Federación (DOF) para mantenerse informados de las leyes que se aprueban.

“Creo que es una buena oportunidad para que todas esas organizaciones pues nos articulemos para tratar de negociar o tratar de acercar o hacer este cabildo legislativo para efectos de las leyes secundarias porque es ahí precisamente donde van a tener que explicar cómo es el proceso electoral”, concluye la abogada.