Más de 313 mil niñas, niños y adolescentes vivían casados o en unión en México en 2020, pese a que el matrimonio infantil está prohibido, de acuerdo con el INEGI.
Frente a esta realidad, las Secretarías Ejecutivas del Sistema Nacional y de los Sistemas Estatales de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA) han sido claras: las uniones tempranas y forzadas constituyen una grave violación a los derechos humanos y una forma de violencia que afecta de manera desproporcionada a niñas y adolescentes.
SIPINNA ha subrayado que estas prácticas no pueden justificarse bajo el argumento de “usos y costumbres”, el consentimiento familiar o la existencia de un embarazo. En todos los casos, el interés superior de la niñez debe prevalecer sobre cualquier tradición o arreglo social que comprometa su integridad, autonomía y proyecto de vida.
Te contamos qué dice la ley en México sobre matrimonio infantil.
¿Qué establece la ley frente a esta problemática?
En los últimos años, el marco legal en México ha avanzado para erradicar el matrimonio infantil. Desde junio de 2019, entraron en vigor reformas al Código Civil Federal que establecen los 18 años como la edad mínima obligatoria para contraer matrimonio, eliminando cualquier posibilidad de dispensas o permisos por parte de autoridades o familiares.
Este criterio fue reforzado en junio de 2024, cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ratificó la prohibición absoluta del matrimonio infantil en todo el país, al considerar que esta restricción es necesaria para proteger los derechos de niñas, niños y adolescentes.
A esto se suma la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas, que tipifica como explotación el matrimonio forzoso o servil. Esta legislación establece penas de entre cuatro y diez años de prisión para quien obligue a una persona a contraer nupcias, ya sea de forma gratuita o a cambio de un beneficio económico o en especie.
Sin embargo, de acuerdo con CIMAC Noticias, la prohibición en el Código Civil Federal y el Código Penal Federal no ha sido suficiente para erradicar estas prácticas. Niñas y adolescentes en México continúan siendo llevadas a matrimonios infantiles o a cohabitación forzada, una situación que, según ha señalado la activista y política indígena zapoteca Eufrosina Cruz Mendoza, responde a la falta de homologación de los códigos penales estatales para sancionar este delito. Hasta ahora, solo ocho entidades han realizado esta adecuación.
Los estados que han homologado sus códigos penales para sancionar los matrimonios infantiles son San Luis Potosí, Tamaulipas, Oaxaca, Guerrero, Estado de México, Campeche, Quintana Roo y, recientemente, Chiapas, a raíz del caso de Deisy.
¿Por qué la prohibición legal no ha sido suficiente?
A pesar de los avances normativos, la realidad en el territorio es otra. De acuerdo con cifras del INEGI analizadas por la Red por los Derechos de la Infancia en México (REDIM), el 94% de las uniones de niñas, niños y adolescentes son informales, lo que permite que la práctica persista fuera del control del Registro Civil y de los mecanismos de protección institucional.
La magnitud del fenómeno también se refleja en datos de UNICEF: una de cada cinco mujeres de entre 20 y 24 años en México entró en un matrimonio o unión antes de cumplir la mayoría de edad, una práctica que en muchos casos ocurre bajo presiones familiares, económicas o comunitarias. Las entidades con mayor número de casos son el Estado de México, Chiapas, Veracruz, Puebla y Guanajuato.
¿A qué se debe?
Los informes de organizaciones de la sociedad civil coinciden en que el matrimonio infantil en México no es una práctica aislada ni una decisión libre, sino el resultado de desigualdades estructurales profundamente arraigadas.
De acuerdo con el informe sombra “Prácticas nocivas: matrimonio, embarazo y venta de niñas y adolescentes” enviado a la CEDAW por la Federación Mexicana de Universitarias A.C. y el Museo de la Mujer en 2025, uno de los factores centrales es el embarazo infantil y adolescente. En el caso de niñas, estos embarazos se inscriben en contextos de violencia sexual y abuso, según los estándares internacionales de derechos humanos, más que en decisiones reproductivas autónomas.
Existe una relación directa entre ambas problemáticas: el 70% de las niñas y adolescentes que han sido madres en México estaban unidas o casadas al momento del parto.
La violencia en el hogar también aparece como un detonante. En muchos casos, las adolescentes perciben la unión temprana como una vía de escape frente al maltrato físico, psicológico o sexual que viven en sus familias de origen.
A esto se suma la desigualdad de poder dentro de las relaciones. En el 94.5% de las uniones, las adolescentes tienen parejas considerablemente mayores, lo que incrementa las asimetrías de poder y el riesgo de abuso.
Comunidades indígenas: cuando los “usos y costumbres” encubren violencia
La situación es especialmente grave en comunidades indígenas de estados como Guerrero, Chiapas y Oaxaca. En regiones como la Montaña de Guerrero, organizaciones como el Centro de Derechos Humanos de la Montaña Tlachinollan han documentado matrimonios forzados de niñas desde los 12 años, mediante intercambios por dinero, ganado o alcohol.
REDIM y SIPINNA han sido enfáticos en que la venta de niñas constituye un delito que debe investigarse y erradicarse sin excepción. Apelar a los “usos y costumbres” no solo invisibiliza la violencia, sino que encubre prácticas de explotación, esclavitud doméstica y la omisión sistemática del Estado.
Un proyecto de vida interrumpido
Las consecuencias de las uniones tempranas y forzadas son profundas y multidimensionales. De acuerdo con diagnósticos de organizaciones como Girls Not Brides, REDIM y Save the Children, estas prácticas afectan de manera directa el desarrollo y la autonomía de niñas y adolescentes.
En el ámbito educativo, el impacto es inmediato: el 92% de las adolescentes que viven en una unión temprana abandona la escuela. A nivel nacional, siete de cada diez niñas que se unieron antes de los 14 años interrumpieron sus estudios, truncando sus oportunidades de desarrollo.
En materia de salud, el vínculo entre matrimonio infantil y embarazo adolescente es directo. El 90% de los nacimientos en adolescentes ocurre dentro de estas uniones, lo que cuadruplica el riesgo de muerte materna en menores de 15 años. Además, el 55% de las adolescentes unidas ha enfrentado la pérdida de al menos un hijo.
Lejos de ofrecer protección, estas uniones también incrementan el riesgo de violencia de pareja. El 47% de las mujeres que vivieron un matrimonio infantil reportaron violencia por parte de su compañero, frente al 40% de quienes se unieron después de los 18 años.
Más allá de la prohibición
El posicionamiento de SIPINNA marca un punto clave: reconoce que las uniones tempranas y forzadas no son hechos aislados ni decisiones individuales, sino una forma de violencia estructural que el Estado ha sido incapaz de erradicar.
Mientras la ley prohíbe el matrimonio infantil, la persistencia de uniones informales, la pobreza, la desigualdad de género y la ausencia institucional siguen empujando a miles de niñas y adolescentes a ver su proyecto de vida interrumpido.
La distancia entre el discurso y la realidad deja claro que proteger a la niñez no es solo un asunto normativo, sino una deuda pendiente que exige políticas públicas integrales y acción sostenida en el territorio.

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