La Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) Federal impugnó la decisión de un juez que la obligaba a reparar el daño a una adolescente que sobrevivió a una violación sexual. La CEAV argumenta que esta responsabilidad sólo recae en la CEAV estatal de Chihuahua.

Esta acción ha generado preocupación entre organizaciones acompañantes como Abortistas Mx , quienes la califican como un " mensaje muy grave " que obstaculiza la justicia para las víctimas de violencia sexual. .

El caso se originó a principios de 2025 cuando una menor acudió a un hospital en Chihuahua solicitando la interrupción de su embarazo tras ser víctima de abuso sexual . Aunque inicialmente le fue negada la aplicación de la NOM 046 , que permite a las víctimas de abuso abortar sin denuncia previa, la menor finalmente pudo acceder a este derecho. Sin embargo, la negación inicial llevó a la exigencia de una reparación integral del daño.

En entrevista para La Cadera de Eva, Ninde Molre , directora de Abortistas MX, expresó la consternación de su organización, señalando que nunca antes la CEAV Federal había interpuesto un mecanismo para no intervenir ni reparar en estos casos. Para ella esta impugnación es una acción preocupante que "manda el mensaje de que las víctimas van a tener que pelear solas por su reparación".

¿Cuáles son los argumentos de la CEAV Federal para impugnar la sentencia?

La CEAV Federal argumenta que no debe estar vinculada al cumplimiento de esta sentencia; ya que desde su perspectiva, la única autoridad que debe otorgar las medidas de reparación es la Comisión de Chihuahua, debido a que los hechos ocurrieron en ese estado.

Sin embargo, esta postura contradice directamente los precedentes de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), que en al menos cuatro sentencias ha dictaminado que tanto la CEAV Federal como las estatales son autoridades obligadas a reparar el daño de manera conjunta en casos de aborto por violación

Ninde Molre subraya la importancia de la vinculación de la CEAV Federal porque "muchas veces en los estados las comisiones locales no tienen la capacidad económica institucional para poder hacer todas de las diligencias", especialmente en un estado como Chihuahua, calificado como "totalmente antiderechos", donde se ha observado una gran obstaculización en el acceso a las reparaciones .

Las organizaciones acompañantes, Aborto Seguro Chihuahua , AbortistasMx y México Igualitario Derribando las Barreras AC, han señalado que esta postura es preocupante porque el papel crucial de la CEAV es proteger los derechos de las víctimas y facilitar su acceso a la justicia , no ponerse en contra de ellas para obstaculizar su reparación.

¿Qué medidas de reparación integral del daño se contemplan?

La reparación integral del daño en México contempla seis rubros fundamentales :

Investigación: consiste en la notificación a secretarías y al Ministerio Público para que realicen investigaciones administrativas y penales, determinando si existe algún tipo de responsabilidad.

Rehabilitación: incluye atención y acompañamiento psicológico, y si fuera necesario, atención médica para la adolescente, si ella decide tomar estas medidas.

Compensación: se refiere al pago de una indemnización económica por los hechos sucedidos.

Satisfacción: son medidas que la víctima puede decidir, como disculpas públicas o privadas, las cuales pueden variar mucho según el caso.

No repetición: la comisión tiene la obligación de vigilar que las secretarías y autoridades responsables no vuelvan a cometer los mismos hechos.

¿Qué revela este caso sobre la negación del aborto y la criminalización?

Este caso visibiliza la persistente negación del aborto en casos de violación sexual y el estigma que aún rodea a las víctimas, a pesar de los precedentes legales. Ninde Molre destaca que el derecho al aborto por violación busca subsanar las consecuencias de una violación a derechos humanos más grande que es la violencia sexual.

La negación inicial de la NOM 046 a la adolescente, aunque pudo abortar después, ya constituyó una violación a sus derechos que merece reparación . La negativa de las instituciones a cumplir con la norma contribuye a que las consecuencias de la violación continúen de manera impune, generando mayor impunidad .

Ninde Molre explica que el estigma está presente tanto en menores como en personas adultas víctimas de violación que buscan abortar, aunque se manifiesta de diferentes maneras. A las personas adultas se les suele "poner en duda" la veracidad de su violación, exigiendo comprobaciones a pesar de que la NOM 046 establece que el personal de salud debe prestar el servicio bajo el principio de buena fe. 

Con las adolescentes, el estigma se enfoca en un supuesto "riesgo hacia su salud" o se utilizan excusas como límites gestacionales inconstitucionales, a pesar de que la NOM 046 no los establece. 

La NOM 046 no solo involucra el aborto , sino también el acceso a la píldora anticonceptiva de emergencia, el seguimiento para la prevención de ITS, VPH, VIH y atención psicológica, entre otros.

¿Por qué este caso es un referente importante?

Para Ninde Molre , este caso es importante por varias razones:

Es la primera vez que la CEAV Federal toma esta postura, lo que llama la atención, especialmente tras un cambio de dirección en la institución.

Sucede en un momento en que se ha evidenciado a nivel federal la problemática generalizada de la violencia sexual , particularmente en niñas y adolescentes.

Muestra cómo, al ejercer el derecho a buscar justicia y exigir a las autoridades cuando no cumplen, "se te cierran las puertas".

Sirve como una alerta para las organizaciones de la sociedad civil, ya que el principio fundamental de la CEAV es la protección a las víctimas. , y este tipo de demandas envía un mensaje de que no se está protegiendo a las víctimas en el estado.

"El caso más bien nos da una prueba o una evidencia de que realmente la postura o la posición de las autoridades tanto a nivel federal como estatal sobre la no impunidad , el llevar a la justicia a las personas, no es real" (Ninde Molre)

Las organizaciones han precisado que se están tomando las legales correspondientes para que la CEAV asuma su responsabilidad y no se le niegue a la víctima el acceso integral a la reparación del daño. Se espera que la resolución de esta impugnación recaiga en un tribunal colegiado , que posiblemente esté conformado por magistradas y magistrados de elección popular, quienes se espera que "muestren un compromiso real con las víctimas".

Aunque el tiempo estimado de resolución suele ser de 90 días hábiles (entre cuatro y seis meses), la incertidumbre persiste debido a los cambios en el Poder Judicial que entrarán en vigor el primero de septiembre.