Imagina que te sancionan por un comentario en redes sociales y, como parte del castigo, te obligan a pedir disculpas públicas a alguien... pero no puedes mencionar su nombre. Tienes que referirte a esa persona como "DATO PROTEGIDO". Suena extraño, ¿verdad? Pues eso fue exactamente lo que le pasó a Karla Estrella, una ciudadana de Hermosillo, Sonora, que fue sancionada por un tuit.

Aquí te contamos este chismecito que ha causado mucho revuelo sobre la libertad de expresión y cómo se está utilizando la violencia política en razón de género como una herramienta para censurar opiniones que son incómodas para los actores políticos.

Empecemos por el contexto…

Todo empezó en febrero de 2024, en medio del proceso electoral. Karla Estrella, como muchos otros ciudadanos, usó su cuenta de X para comentar sobre la política. Publicó un tuit que decía: "Así estaría el berrinche de Sergio Gutiérrez Luna para que incluyeran a su esposa, que tuvieron que desmadrar las fórmulas para darle una candidatura. Cero pruebas y cero dudas”.

Este mensaje, que para muchos era una crítica al nepotismo –o sea, a que se favorezca a familiares en cargos políticos–, iba dirigido a la diputada del Partido del Trabajo (PT) Diana Karina Barreras Samaniego, quien es esposa del diputado Sergio Gutiérrez Luna y que a raíz del tuit denunció a Karla Estrella por violencia política en razón de género ante el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En abril de 2024, la Sala Regional del TEPJF determinó que, aunque el mensaje de Karla Estrella no era una calumnia, sí configuraba violencia política contra las mujeres en razón de género. Las sanciones que se le impusieron fueron:

  • Una multa económica.
  • capacitación sobre género y derechos humanos.
  • la obligación de consultar bibliografía sobre lenguaje no sexista y violencia contra las mujeres.
  • publicar la sentencia en sus redes sociales.
  • ser inscrita en el registro nacional de personas sancionadas en materia de violencia política en contra de mujeres del ine.
  • la obligación de pedir disculpas públicas durante 30 días.

Lo insólito fue que, para evitar más problemas, Estrella tuvo que dirigir sus disculpas a "DATO PROTEGIDO", el alias con el que el tribunal blindó la identidad de la diputada Karina Barreras en la sentencia, mientras el nombre de Karla fue expuesto.

Al respecto, la diputada Karina Barreras afirmó en sus redes sociales que esta decisión fue confirmada en tres instancias: el INE, la sala regional y la sala superior del TEPJF y aseguró que el tuit era una agresión porque “invisibilizar la trayectoria de una mujer al atribuir sus logros a su esposo es un estereotipo de violencia” y afirmó que ella nunca estaría a favor de la censura, pero sí a favor de defender los derechos de las mujeres que luchan por construir su carrera en la política.

Entonces ¿si fue violencia política de género?

De acuerdo con el Protocolo para la Atención de la Violencia Política contra las mujeres en razón de género, la violencia política contra las mujeres comprende todas aquellas acciones u omisiones de personas, servidoras o servidores públicos que se dirigen a una mujer por ser mujer (en razón de género), tienen un impacto diferenciado en ellas o les afectan desproporcionadamente, con el objeto o resultado de menoscabar o anular sus derechos político-electorales, incluyendo el ejercicio del cargo.

En redes sociales, Karla Estrella calificó todo el proceso como un acto de censura. Ella afirmó que el debate sobre su tuit "se debió dar en esa misma arena y bajo una condición de igualdad". También aclaró que la solicitud de disculpa no fue una decisión del Tribunal Electoral, sino una petición expresa de la política que la denunció.

Su equipo legal, el Consejo Nacional de Litigio Estratégico, argumentó que este tipo de normativa sobre violencia política de género fue creada para sancionar a partidos y funcionarios públicos, no a ciudadanos.

En entrevista para el diario El País, la abogada Mariana Calderón destacó lo desproporcionado de la sanción, ya que el tuit de Karla tenía un alcance muy bajo (visto por apenas siete mil 341 personas) y ella solo tenía seis mil 44 seguidores. La defensa insistió en que la publicación señalaba nepotismo y malas prácticas, no violencia de género.

Además, la sentencia del TEPJF fue sorprendente en su alcance, al considerar que Karla incurrió en seis tipos de violencia política, incluyendo algo llamado "violencia análoga", una figura que, según su abogada, ni siquiera existe en la legislación.

La sentencia incluso sugirió que el comentario de Karla afectó la autoestima y el desempeño de la diputada Karina Barreras, sin presentar ningún peritaje psicológico que probara estas afectaciones.

En las redes sociales, la frase "DATO PROTEGIDO" se volvió tendencia, con muchísimos usuarios solidarizándose con Karla Estrella y criticando lo que consideraron un abuso de poder y un intento de censura.

¿Qué implicaciones tiene esto?

El caso de Karla Estrella no es aislado y ha encendido las alarmas en varias organizaciones, como la Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D), que ha denunciado que la violencia política de género está siendo usada de manera "instrumental e hipócrita para silenciar la crítica política".

Las principales preocupaciones son:

Censura previa: el INE ha emitido medidas cautelares para que se eliminen publicaciones denunciadas antes de que se determine si realmente causan daño. R3D advierte que esto es una forma de censura previa, algo prohibido por la Constitución. Consideran que bloquear contenidos en internet es una de las medidas más extremas contra la libertad de expresión, similar a cerrar un periódico.

Ataque a la libertad de expresión: las autoridades electorales, según R3D, están ignorando que la crítica política, especialmente hacia funcionarios o figuras públicas, tiene una protección reforzada en una democracia. La libertad de expresión no debería ser limitada sólo por considerarse ofensiva o perturbadora. Las limitaciones deben ser posteriores y sólo si hay una intención maliciosa real y un daño demostrado.

Criminalización de ciudadanos: como ya mencionamos, la figura de la violencia política de género fue pensada para sancionar a partidos y funcionarios, no a ciudadanos comunes por una opinión en redes sociales con poco alcance. R3D documentó que, entre 2016 y 2023, en el 20% de los casos en que se alegó un daño por el ejercicio de la libertad de expresión, las autoridades electorales usaron medidas de censura previa.

Otros casos

El caso de Karla Estrella no es aislado, la figura de la violencia política de género también ha sido utilizada en otros contextos para denunciar a periodistas, medios de comunicación y ciudadanos.

Por ejemplo, la actriz e influencer Laisha Wilkins recibió una notificación del TEPJF por un tuit que hacía referencia a una excandidata a ministra como "Dora la censuradora". Aunque el INE desechó la petición de censura en ese caso, Wilkins lo calificó como un intento de "censura ciudadana”.

El diario El País también ha reportado que varios columnistas y medios como Héctor de Mauleón, Código Magenta, Al Calor Político, y SinEmbargo.mx, junto con sus directores y reporteros, han sido denunciados por parte de aspirantes a cargos judiciales y políticos, siendo acusados de violencia política de género.

Para R3D, la preocupación persiste sobre cómo esta figura, que surgió de una lucha histórica para empoderar a las mujeres, está siendo reconfigurada por la clase política para proteger a figuras de poder y "amedrentar el periodismo crítico" y la libre expresión ciudadana, por lo que hace un llamado al Congreso para revisar la legislación y establecer salvaguardas que impidan su uso como mecanismo de censura.