El gobierno de México rechazó las observaciones del Comité Contra la Desaparición Forzada de la Organización de las Naciones Unidas (CED por sus siglas en inglés) sobre la posible práctica sistemática de desapariciones forzadas en el país.

Esto ocurrió luego de que el pasado 4 de abril, el organismo internacional activara el procedimiento del Artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas para investigar y analizar este fenómeno en el país.

Se trata de la primera vez que el CED aplica en México el Artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, abriendo la posibilidad a que el caso sea atraído por la Asamblea General de la ONU si se confirma que las desapariciones se llevan a cabo de manera general o sistemática en el país.

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Foto: Cuartoscuro

La activación de este protocolo causó inconformidad en el gobierno federal. El pasado 5 de abril, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) respondió a las observaciones del Comité, afirmando que el Estado mexicano no consiente, permite u ordena la desaparición de personas como parte de una política de Estado y se comprometió a seguir atendiendo las solicitudes de información del CED para proporcionar un contexto actualizado y fidedigno.

"El gobierno mexicano no consciente permite u ordena la desaparición de personas como parte de una política de Estado. México está comprometido con el respeto y restricto de los derechos humanos y con atención de las causas de la violencia" (Secretaría de Relaciones Exteriores)

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ratificó la postura de la SRE. En un comunicado, aseguró que la posición del Comité de la ONU está “descontextualizada” sobre la crisis de desapariciones que enfrenta México, y rechazó “que se viva una crisis de desapariciones en México y más aún que éstas sean consecuencia de una política de Estado”.

¿Qué dijo el CED sobre las desapariciones en México?

El pasado 4 de abril, el Comité Contra la Desaparición Forzada expresó su preocupación por la situación en México, calificándola como "preocupante" y "sistemática". 

El Comité también decidió aplicar tres procedimientos extremos establecidos en la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas, entre ellos el de acción urgente (artículo 30) y el de comunicaciones individuales (artículo 31).

El CED analizará toda la información pertinente y enviará una solicitud de información al gobierno mexicano en las próximas semanas. El objetivo es mantener una "cooperación y diálogo constructivo" con México para abordar la situación.

Esta decisión se tomó después de que el Comité recibiera informes que sugieren que las desapariciones forzadas en México se llevan a cabo de manera sistemática, lo que ha sido calificado como un crimen de lesa humanidad. El CED también dictó medidas cautelares para proteger las fosas comunes localizadas en el Rancho Izaguirre, en Jalisco, un lugar señalado como centro de detención ilegal y exterminio operado por el Cártel Jalisco Nueva Generación (CJNG).

¿Qué es la desaparición forzada?

La Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas define la desaparición forzada como el arresto, la detención, el secuestro o cualquier otra forma de privación de libertad cometidos por agentes del Estado o por personas o grupos que actúan con su autorización, apoyo o aquiescencia, seguido de la negativa a reconocer dicha privación de libertad o de ocultar la suerte o el paradero de la persona desaparecida, situándola fuera de la protección de la ley.

Esta definición es crucial para entender la gravedad del delito y la responsabilidad de los Estados en su prevención y sanción. La desaparición forzada es considerada un delito grave que atenta contra la seguridad, la dignidad y los derechos fundamentales de las personas.

Aunque la SRE rechazó las observaciones del Comité, en México, hay casos documentados de desaparición forzada que ilustran la complejidad y la gravedad del problema. 

Uno de los casos más emblemáticos es el de Ayotzinapa, en el que la desaparición de 43 normalistas en 2014 involucró a fuerzas estatales como policías y elementos del ejército. Otro ejemplo es el caso de Edgar Veytia, exfiscal de Nayarit, quien utilizó el poder del estado para cometer delitos como extorsiones, tortura y desapariciones de personas.

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Postura de las organizaciones

La organización Idheas Litigio Estratégico en Derechos Humanosexpresó su preocupación por la respuesta del Estado mexicano ante el Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, pues recordó que el país tiene el mayor número de Acciones Urgentes activadas ante el Comité, con 681 solicitudes relacionadas con personas desaparecidas, lo que evidencia la magnitud de la crisis.

Además, la organización señaló que México fue el primer país condenado por el Comité en un caso individual de desaparición forzada, lo que refuerza el carácter estructural del problema. IDHEAS ha documentado desapariciones forzadas cometidas por agentes estatales en Veracruz y Nayarit, donde se han identificado patrones sistemáticos y generalizados de actuación.

"En lugar de asumir las observaciones del Comité con responsabilidad, el Estado mexicano optó por negarlas, debilitando la voz de las víctimas y su derecho a la verdad, la justicia y la reparación. Esto es preocupante, ya que la colaboración efectiva con los mecanismos de supervisión de derechos humanos es fundamental para avanzar hacia soluciones estructurales" (IDHEAS, Litigio Estratégico en Derechos Humanos)

IDHEAS exhortó al gobierno adoptar una postura coherente con sus obligaciones internacionales y colaborar efectivamente con los mecanismos de supervisión de derechos humanos.

"La apertura del procedimiento ante el CED es una oportunidad para construir acciones conjuntas frente a la crisis. El reconocimiento del problema, la voluntad política y la cooperación son fundamentales para avanzar hacia soluciones estructurales" (IDHEAS, Litigio Estratégico en Derechos Humanos)